En España los trabajadores tienen la oportunidad de acogerse a diferentes modalidades de jubilación. Una de ellas permite a los ciudadanos jubilarse antes de alcanzar la edad ordinaria vigente en cada momento. Sin embargo, no todos los trabajadores pueden acogerse a esta modalidad de jubilación, puesto que se deben cumplir todos los requisitos estipulados por la Seguridad Social.
La edad ordinaria de jubilación determina el acceso a través de las diferentes modalidades. En 2022, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y dos meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 37 años y seis meses durante la vida laboral a la Seguridad Social. Por su parte, también es posible jubilarse con 65 años en caso de que la cotización sea igual o superior a 37 años y seis meses.
Dentro de la modalidad de jubilación anticipada existen diferentes tipos: Voluntaria, involuntaria, por discapacidad, por tener condición de mutualista y por pertenecer a una profesión concreta. Dependiendo de cada tipo, los requisitos de acceso a la jubilación anticipada pueden variar.
Jubilación antes de tiempo
Tal y como hemos adelantado al comienzo, para acceder a la jubilación anticipada se requiere del cumplimiento de una serie de requisitos. En caso de que no se cumplan las condiciones establecidas por la Seguridad Social, el trabajador deberá esperar y optar por el acceso a la jubilación ordinaria, como ocurre con la mayoría de personas en España.
![Jubilación anticipada./ Foto de Canva](https://www.tododisca.com/wp-content/uploads/2023/11/Jubilacion-anticipada-1-8.jpg)
Concretamente, no podrán jubilarse anticipadamente las personas que no hayan alcanzado los 33 años de cotización a la Seguridad Social. Además, en función de cada tipo de modalidad anticipada, estos requisitos de cotización pueden variar.
En el caso de la modalidad anticipada voluntaria, la Seguridad Social exige al menos tener 35 años cotizados. Además, dos de esos años deben contemplarse en los últimos 15 años antes de acogerse a esta modalidad.
Por su parte, en la modalidad anticipada involuntaria, la cotización exigida es de al menos 33 años a la Seguridad Social; siendo dos de esos años comprendidos en los últimos 15. Además, se debe haber producido un cese no voluntario en el trabajo.
En definitiva, las personas con menos de 33 años cotizados a la Seguridad Social en 2022 no tendrán posibilidad de acogerse a la jubilación anticipada voluntaria o a la jubilación anticipada por cese involuntario del trabajo.
Coeficientes reductores
Por norma general, cuando un trabajador se jubila de forma anticipada, la Seguridad Social aplica una serie de coeficientes reductores en su pensión contributiva. Ocurre tanto en la modalidad anticipada voluntaria (en mayor medida), como en la modalidad anticipada por cese no voluntario del trabajo.
No obstante, la Seguridad Social explica que no se aplican coeficientes reductores en la pensión en el caso de personas con discapacidad que se jubilan de forma anticipada. Además, estos coeficientes reductores tampoco se utilizan en determinadas profesiones, como artistas o profesionales taurinos.