Estos son los subsidios para mayores que puede solicitar en el SEPE

Las personas mayores de 45 años tienen la posibilidad de acceder a varios subsidios especiales en situación de desempleo

Subsidio

El sistema español cuenta con una amplia estructura de protección al desempleo con el objetivo de garantizar una serie de ingresos mínimos. En este sentido, encontramos el Ingreso Mínimo Vital, pero también diferentes subsidios encaminados a paliar esta situación.

Si tienes 45 años o más y no has cumplido la edad ordinaria de jubilación, existen dos subsidios principalmente que resultan interesantes para su acceso de cara al ciudadano. Uno de ellos es el subsidio para mayores de 52 años y otro el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares.

Cada uno cuenta con una serie de características específicas y diferenciales. Así, si tienes entre 45 años y 52 años, será conveniente optar por subsidio para mayores de 45 años, al no cumplir con los requisitos de edad del subsidio para mayores de 52 años.

Subsidio para mayores de 52 años

Este subsidio está dirigido a las personas con más de 52 años que se encuentren en situación de paro y hayan extinguido el derecho a percibir una prestación o subsidio por desempleo. Además, será necesario contar con unos requisitos específicos:

  1. No tener la condición de trabajadora fija discontinua.
  2. Tener más de 52 años.
  3. Carecer de rentas propias que en cómputo mensual superen el Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extras.
  4. Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.

Estos son solo algunos de los requisitos básicos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para poder acceder a este tipo de subsidio.

Características

El subsidio para mayores de 52 años es uno de los más ventajosos para personas mayores. Se trata de una ayuda económica que se puede percibir hasta alcanzar la edad de jubilación, siempre que se acredite cada año que se siguen cumpliendo los requisitos para acceder a ella. Por su parte, la cuantía de este subsidio es igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).

Incapacidad permanente euros
Subsidios

Además, durante la percepción de este subsidio, la persona beneficiaria sigue cotizando a la Seguridad Social. En concreto, la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Subsidio para mayores de 45 años

Por otro lado tenemos el subsidio para mayores de 45 años, que consta de una ayuda económica para personas con 45 años o más que se encuentren en situación de desempleo, hayan agotado la prestación contributiva y no tengan responsabilidades familiares.

Estos son algunos de los requisitos fundamentales para acceder a este subsidio:

Características

Durante la percepción de este subsidio no se cotiza a la Seguridad Social de cara a la jubilación, tal y como ocurre con el subsidio para mayores de 52 años.

Además, esta ayuda económica tiene únicamente una duración de seis meses. Si bien, en el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud. La cuantía es igualmente del 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).

Así, si una persona con más de 52 años solicita la percepción de este subsidio, el sistema le otorgará el derecho a recibir automáticamente el subsidio para mayores de 52 años, al ser éste último más ventajoso para el beneficiario.

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