En este inicio del año 2025 se han producido algunas modificaciones sobre la prestación económica del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Entre otras cosas, el Gobierno de España ha aprobado una revalorización del 9% en las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital.
Además, se han actualizado los requisitos que deben cumplir los ciudadanos en España para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital. En este sentido, es preciso recordar que una persona puede seguir cobrando el IMV mientras persistan los requisitos que dieron origen al reconocimiento inicial de la prestación.
Requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital como beneficiario individual en 2025
En España, la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. Así, los requisitos pueden variar en función de la tipología del beneficiario.
Al respecto, desde BBVA indican que «las unidades de convivencia las forman un conjunto de personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción. También se incluye a personas con las que se conviva por razones de guarda con fin de adopción o acogimiento familiar permanente».
A continuación, exponemos los requisitos que deben cumplir los ciudadanos en España para cobrar el Ingreso Mínimo Vital como beneficiario individual en 2025:
- Personas de, al menos, 23 años de edad.
- También pueden acceder al IMV las personas entre 18 y 22 años de edad que procedan de centros de protección de menores o que sean huérfanos adultos.
- Residir en España y haberlo hecho durante, como mínimo, el año anterior a la solicitud de la prestación.
- Otro de los requisitos básicos para cobrar el IMV es estar en situación de vulnerabilidad económica.
Por otro lado, los profesionales de BBVA indican que «los titulares del IMV que soliciten la prestación en nombre de una unidad de convivencia deben tener al menos 23 años. También pueden hacerlo los mayores de edad o menores emancipados que tengan hijos o menores a su cargo en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente».
Cuando el Ingreso Mínimo Vital se cobra como representante de una unidad de convivencia, la solicitud de la prestación debe estar firmada por todas las personas adultas que figuran en la unidad familiar.
Límite de ingresos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital en 2025
Tal y como hemos apuntado previamente, para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital es obligatorio estar en situación de vulnerabilidad económica. Para acreditar esta situación, se deben tener unos ingresos inferiores a ciertos límites establecidos por la Seguridad Social.
En base a este criterio, así quedan los límites de ingreso en 2025 para cobrar el Ingreso Mínimo Vital, en función del número de miembros que figuran en la unidad de convivencia:
Unidad de convivencia | Escala de Incrementos | Límite euros |
---|---|---|
Un adulto solo | 1 | 20.353,62 |
Un adulto y un menor | 1,40 | 28.495,07 |
Un adulto y dos menores | 1,80 | 36.636,52 |
Un adulto y tres menores | 2,20 | 44.777,96 |
Un adulto y más de tres menores | 2,60 | 52.919,41 |
Dos adultos | 1,40 | 28.495,07 |
Dos adultos y un menor | 1,80 | 36.636,52 |
Dos adultos y dos menores | 2,20 | 44.777,96 |
Dos adultos y más de dos menores | 2,60 | 52.919,41 |
Tres adultos | 1,80 | 36.636,52 |
Tres adultos y un menor | 2,20 | 44.777,96 |
Tres adultos y más de dos menores | 2,60 | 52.919,41 |
Cuatro adultos | 2,20 | 44.777,96 |
Cuatro adultos y un menor | 2,60 | 52.919,41 |
Otros | 2,60 | 52.919,41 |
Como conclusión, desde la Seguridad Social señalan que «para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros».