El Real Decreto-Ley 2/2024, aprobado por el Congreso de los Diputados, recoge la reforma del subsidio por desempleo. Una reforma que entrará en vigor a partir del 1 de noviembre de 2024, con importantes novedades en los subsidios por desempleo que gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Concretamente, la reforma tiene la misión de simplificar y mejorar el nivel asistencial de la protección por desempleo. Así, los derechos reconocidos a un ciudadano antes de su entrada en vigor se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción.
Nuevos beneficiarios del subsidio por desempleo del SEPE
La reforma del subsidio por desempleo incorpora nuevos colectivos de desempleados que podrán percibir esta ayuda del SEPE. Hablamos de colectivos que anteriormente no tenían derecho a cobrar estas prestaciones por desempleo.
Así, según se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE), serán beneficiarios del subsidio del SEPE los desempleados que se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo. En este caso, se incorporan las personas con menos de 45 años y sin responsabilidades familiares, siempre que la prestación contributiva agotada haya tenido una duración igual o superior a 360 días.
- Estar en situación legal de desempleo sin haber cotizado lo suficiente para cobrar la prestación contributiva por desempleo del SEPE. En este tipo de situaciones, el desempleado deberá acreditar una cotización mínima de 90 días.
En el BOE también se establece que «podrán acceder a estos subsidios quienes mantengan uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre que la suma de las jornadas trabajadas en dichos contratos sea inferior a una jornada completa y cumplan el resto de los requisitos».
Hasta el momento, podían recibir el subsidio por desempleo del SEPE las personas mayores de 52 años, personas mayores de 45 años sin cargas familiares, personas con cargas familiares y personas que no habían cotizado lo suficiente para cobrar la prestación contributiva por desempleo.
Ahora, se incorporan nuevos desempleados que podrán cobrar el subsidio por desempleo, como las personas con menos de 45 años y sin cargas familiares; trabajadores agrarios eventuales, trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla; españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva; y mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.
Subida de 90 euros en el subsidio
Actualmente, el subsidio por desempleo del SEPE tiene una cuantía equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) vigente. Es decir, con el IPREM mensual actual supone un importe de 480 euros al mes.
Así, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha acordado una importante subida sobre las cuantías de los subsidios por desempleo. A partir del 1 de noviembre de 2024, así quedará el importe del subsidio por desempleo:
- Un 95% del IPREM durante los primeros seis meses de percepción (570 euros al mes con el IPREM actual).
- Un 90% del IPREM durante los seis meses siguientes: (540 euros al mes con el IPREM actual).
- Un 80% del IPREM durante el resto de duración del subsidio: (480 euros al mes con el IPREM actual).
Por tanto, la reforma del subsidio por desempleo provocará una subida de 90 euros con respecto a la cuantía actual que reciben los ciudadanos por esta ayuda por desempleo del SEPE.
Además, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, se ha comprometido públicamente a establecer una nueva subida del IPREM durante la presente legislatura. Esto derivará en un aumento de la cuantía del subsidio por desempleo.