La Seguridad Social ha publicado el gasto total en pensiones contributivas durante el mes de julio de 2022 en España, con una cifra récord de 10.845,9 millones de euros. Supone un aumento del 4.6% con respecto al gasto en pensiones en el mismo mes del año anterior. Así lo ha comunicado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Con todo ello, la pensión media contributiva en julio de 2022 se ha situado en 1.090,4 euros mensuales. En este ámbito se integran las diferentes pensiones contributivas (jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares).
Por otra parte, la pensión media de jubilación del sistema, se ha fijado en julio en 1.255 euros. En el caso del Régimen General de la Seguridad Social, la pensión media de jubilación es de 1.403,8 euros; mientras que en autónomos (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) se ha registrado una pensión media de 835,4 euros al mes, la más baja del sistema.
Pensión de jubilación por encima de los 2.000 euros
En algunos regímenes especiales de la Seguridad Social, la pensión media de jubilación mensual se ha situado por encima de 2.446 euros. Se trata de los trabajadores retirados pertenecientes a la Minería del Carbón, que cuentan con las pensiones contributivas de cuantía más elevadas.
Por otra parte, para los trabajadores del Régimen del Mar, la pensión media de jubilación se ha establecido en 1.393,39 euros al mes en julio de 2022. Así se desprende de los datos facilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En este sentido, hay que tener en cuenta que las pensiones contributivas del sistema español han experimentado una importante subida en este año 2022, tras la aplicación del nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones en función del IPC interanual. Concretamente, se han incrementado en un 2,5% con respecto al año anterior.
Régimen de la Minería del Carbón
En el Régimen de la Minería del Carbón están incluidos los trabajadores por cuenta ajena que prestan sus servicios a empresas que realicen las siguientes actividades, pudiendo acceder a una pensión contributiva de jubilación. Así lo establece mediante un amplio listado la Seguridad Social en su página web:
- Extracción de carbón en las minas subterráneas.
- Explotación de carbón a cielo abierto.
- Investigaciones y reconocimientos
- Aprovechamiento de carbones y aguas residuales con materias carbonosas.
- Escogido de carbón en escombreras
- Fabricación de aglomerados de carbón mineral
-
Hornos de producción de Cok (con exclusión de los pertenecientes a la industria siderometalúrgica).
-
Transportes fluviales de carbón.
- Actividades secundarias o complementarias de las anteriores.
Además, para aquellos profesionales o actividades de este Régimen cuyos trabajos tengan una naturaleza excepcionalmente peligrosa, penosa, insalubre o tóxica, la edad ordinaria de jubilación puede rebajarse o verse anticipada. Por norma general, optan a una pensión contributiva de cuantía más elevada, en comparación al resto de trabajadores asalariados.
En el Régimen de la Minería del Carbón, la Seguridad Social establece una serie de requisitos para que los trabajadores integrados puedan acceder a la pensión contributiva jubilación.
Entre ellos destaca tener la edad exigida en cada momento que resulte de aplicar al periodo de tiempo efectivamente trabajado en cada una de las categorías con el coeficiente que corresponda.
Además, la Seguridad Social recoge: «Haber ingresado, incluyendo las aportaciones de empresario y trabajador, las cuotas del período comprendido entre la fecha de efectos de la incapacidad permanente total y la del hecho causante de la jubilación, con deducción del importe de las cuotas que, durante dicho período, hubieran sido ingresadas a nombre del interesado en este Régimen Especial.».