La segunda pata de la reforma de pensiones incluye la ampliación del periodo del cálculo para la cuantía de la pensión contributiva de jubilación. Sin embargo, también establece la posibilidad de realizar el cálculo de la pensión respetando el periodo vigente hasta el momento.
Este ha sido uno de los puntos que más controversia ha generado en la mesa de negociación entre el Gobierno de España y los agentes sociales. Finalmente, han acercado posturas para llegar a un acuerdo y materializar las medidas correspondientes a la segunda pata de la reforma de pensiones.
Periodo de cálculo para la pensión de jubilación
Una opción para calcular la pensión contributiva de jubilación consistirá en tomar como referencia un periodo de 25 años (300 meses) previos a la jubilación, tal y como recogía la norma hasta el momento.
Así, una segunda alternativa consiste en un periodo del cálculo de 29 años, con la exclusión de los dos peores años de cotización en ese mismo periodo. Esta es la nueva opción que contempla la segunda pata de la reforma de pensiones.
Según recoge el borrador del Gobierno de España, la ampliación del periodo de cálculo de la pensión de jubilación a 29 años, con la exclusión de los dos peores años de cotización, se llevará a cabo a razón de 4 meses por año desde 2027 a 2038. Es decir, la medida se aplicará de forma progresiva desde el año 2027 hasta su implantación definitiva en 2038.
Con todo ello, la intención del Ejecutivo Central es que el periodo de cálculo de la pensión de jubilación se mantenga en 25 años, en caso de que sea más beneficioso que tomar como referencia un periodo de 29 años, con la exclusión de los dos peores años. Este sistema dual estará activo durante un periodo de 20 años. Sin embargo, a partir de 2044, el cálculo solo se hará con la referencia de los últimos 29 años de cotización, aunque podrán seguir descartándose los dos peores.
Media progresiva durante 12 años
El nuevo periodo de cálculo de la pensión de jubilación en 29 años se implementará en el sistema de pensiones de manera progresiva durante doce años, a contar desde el año 2027. Desde el Gobierno de España prevén que esta situación provoque un beneficio en los trabajadores con carreras irregulares.
Tal y como hemos detallado previamente, la intención es que dicha ampliación del periodo de cálculo de la pensión de jubilación a 29 años sea de cuatro meses al año desde 2027 a 2038.
Este sistema contempla que para las pensiones en 2041, 2042 y 2043, se calculará la cuantía de la pensión de jubilación con las bases de cotización de los últimos 306 meses (25,5 años), 312 meses (26 años) y 318 meses (25,6) años, respectivamente. Eso sí, cuando el cálculo resulte más beneficioso que utilizar el actual periodo de cálculo a 25 años.
Con todo ello, a partir del año 2044 finalizará la posibilidad de optar por dos fórmulas de cálculo. En ese momento, el periodo de cálculo para la pensión contributiva de jubilación siempre será de 29 años, con la exclusión de los dos peores años de cotización.