Los propietarios de una vivienda en alquiler tienen una serie de derechos ante el impago por parte de los inquilinos. Cada vez se dan más situaciones de este tipo y existen ciertos derechos a los que pueden acogerse los propietarios.
Al respecto, los expertos del Idealista indican que «una vez que se ha incumplido el derecho a cobrar la renta, el pilar sobre el que se asienta cualquier relación arrendaticia, como propietario debes conocer los derechos que posees para solventar esta situación. Mientras esto perdure, no recibirás ingresos por tu inmueble a pesar de que el moroso lo disfrute gratuitamente».
En primer lugar, el propietario debe saber que tiene derecho a reclamar las rentas impagadas sobre el alquiler. En caso de que se haya dejado de recibir el pago de la cuantía correspondiente al alquiler, es recomendable enviar un burofax a los inquilinos.
Derechos de los propietarios ante impagos del alquiler
Por otra parte, los propietarios también tienen derecho al desistimiento del contrato del alquiler. Y es que el impago es la principal causa por la que se puede rescindir el contrato de arrendamiento de pleno derecho.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que la gran mayoría de morosos no abandonan la vivienda hasta que un juez lo determine. Por ello, en muchos casos, el propietario se ve obligado a llevar la situación a los tribunales.
Así, para recuperar la vivienda, no basta con la acumulación de impagos del alquiler por parte de los inquilinos. En este sentido, el propietario deberá interponer una demanda de desahucio en el juzgado, firmada por abogado y procurador.
Actualmente, la legislación española no permite tomar la posesión del inmueble al propietario por sí mismo. Por ejemplo, cambiando la cerradura o echando personalmente al inquilino.
Si bien, desde el Idealista argumentan que «el proceso de desahucio es una medida legal que permite al propietario recuperar la posesión de su propiedad cuando el inquilino no cumple con sus obligaciones, como el pago del alquiler. Si la demanda de desahucio prospera, se desalojará al inquilino moroso en la fecha y hora fijada por el juzgado, lo que se conoce como lanzamiento».
Reclamar las deudas de impagos
Por otra parte, el propietario también tiene derecho a reclamar las deudas que el inquilino ha generado por impagos en el alquiler. Para ello, también es necesario interponer una demanda, que se suele incorporar junto a la demanda de desahucio.
No obstante, algunos morosos de impagos en alquiler son auténticos profesionales, ya que no tienen propiedades ni nóminas que pudiesen ser embargables. Para evitar cualquier tipo de problema, lo más recomendable es que el propietario del alquiler acuda a un abogado experto en la materia.
Además, los propietarios también tienen la posibilidad de incluir al inquilino en la lista de morosos. Cualquier persona que adeude una cantidad superior a 50 euros puede ser incluida en este fichero de morosos.
Finalmente, la legislación también permite al propietario quedarse con la fianza en caso de impagos de alquiler por parte del inquilino. En estos casos, se utiliza como método para cubrir los gastos pendientes por parte de los inquilinos. Por norma general, la fianza suele tener una cuantía equivalente a una o dos mensualidades del alquiler correspondiente. Debido a ello, muchas veces no es suficiente en relación a lo adeudado por parte de los inquilinos.