Estos son los años que puedes adelantar la edad de jubilación según el grado de discapacidad

La edad de jubilación se puede adelantar de manera considerable en caso de tener reconocido un determinado grado de discapacidad

Edad de jubilación para personas con discapacidad./ Licencia Adobe Stock

Las personas con discapacidad tienen la posibilidad de adelantar el momento de su jubilación, con respecto a la edad de jubilación ordinaria que determina la legislación de la Seguridad Social. El número de años que se puede adelantar la edad de jubilación depende del grado de discapacidad que acredite el ciudadano.

Actualmente, la edad de jubilación ordinaria en España es de 66 años y seis meses para las personas que han cotizado menos de 38 años a la Seguridad Social. También es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.

Además, la edad de jubilación volverá a subir en el año 2025. A partir del 1 de enero de 2025, la edad ordinaria de jubilación será de 66 años y ocho meses para las personas con una cotización inferior a 38 años y tres meses a la Seguridad Social. Igualmente, volverá a ser de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años y tres meses.

Adelanto de la edad de jubilación por discapacidad

Con todo ello, la Seguridad Social permite la jubilación anticipada por discapacidad. Así, contempla la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%; y la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%.

Edad de jubilación para personas con discapacidad
Edad de jubilación para personas con discapacidad./ Licencia Adobe Stock

En este sentido, es preciso aclarar que las personas que tienen reconocida una discapacidad igual al 33% no pueden acceder a la jubilación anticipada por discapacidad. Sin embargo, sí que tienen derecho a determinados beneficios sociales y fiscales.

Dependiendo del grado de discapacidad reconocido, el ciudadano podrá adelantar un determinado número de años la jubilación, con respecto a la edad de jubilación. Además, la Seguridad Social no aplica ningún tipo de penalización en la cuantía de la pensión tras acogerse a la modalidad de jubilación anticipada por discapacidad.

Por otra parte, en función del grado de discapacidad reconocido, será necesario cumplir una serie de requisitos básicos para acceder a la jubilación anticipada que permite la normativa de la Seguridad Social.

Años de adelanto de la edad de jubilación

Las personas con una discapacidad igual o superior al 45% pueden acceder a la jubilación desde los 56 años de edad. Es decir, tienen la posibilidad de jubilarse hasta 9 años antes con respecto a la edad de jubilación ordinaria.

En el caso de las personas con una discapacidad igual o superior al 65%, es posible jubilarse desde los 52 años de edad. Así, en este tipo de situaciones, es posible adelantar la edad de jubilación ordinaria hasta en 13 años.

Para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%, es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Además, se debe haber cotizado un mínimo de 5 años con la discapacidad reconocida.

Por su parte, para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%, también es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. En este caso, da igual que la cotización mínima se haya cumplido con o sin el grado de discapacidad reconocido.

Tal y como hemos descrito anteriormente, las personas con una discapacidad del 33% no pueden acceder a la jubilación anticipada por discapacidad. No obstante, podrán acogerse a la jubilación anticipada voluntaria en caso de cumplir con los requisitos oportunos.

La jubilación anticipada voluntaria, en función del número de años cotizados a la Seguridad Social, permite adelantar la edad de jubilación ordinaria hasta en dos años como máximo. En este tipo de situaciones sí que se aplican coeficientes reductores sobre la pensión.

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