Las pensiones de incapacidad permanente tienen como función proteger económicamente a los trabajadores que por una lesión o enfermedad ven reducida o anulada su capacidad laboral. En este sentido, el importe a percibir por la pensión depende de diferentes factores.
Actualmente, según los últimos datos de la Seguridad Social, un total de 961.167 personas en España cobran una pensión de incapacidad permanente. Así, existen diferentes grados de incapacidad permanente contemplados por la Seguridad Social.
Cuantías de la incapacidad permanente
El importe a cobrar por una incapacidad permanente depende, por lo general, del grado de incapacidad reconocido. Además, también depende del salario que venía percibiendo el trabajador en cuestión.
Teniendo en cuenta todo esto, así queda la cuantía de una incapacidad permanente según el grado:
- Incapacidad parcial: Se cobra una indemnización de pago único con una cuantía equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que se utilizó para el cálculo de la incapacidad temporal. Normalmente, estas indemnizaciones suelen tener un importe elevado.
- Incapacidad total: Implica el cobro de una pensión equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Si la persona beneficiaria tiene 55 años o más y se encuentra en paro, la cuantía de la pensión asciende hasta el 75% de la base reguladora. Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada.
- Incapacidad absoluta: Conlleva la percepción de una pensión equivalente al 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Junto a la pensión equivalente al 100% de la base reguladora, se percibe un complemento económico no inferior al 45% de la base reguladora del trabajador.
El complemento económico que se recibe con la Gran Invalidez se debe a que el ciudadano necesita la ayuda de terceras personas para desarrollar las actividades básicas del día a día.
Importe más bajo de incapacidad permanente
Cada año, el Gobierno de España establece el importe de pensión máxima que se puede cobrar por una pensión contributiva. Además, también determina las cuantías mínimas que se reciben por cada uno de los tipos de pensiones contributivas.
Actualmente, en 2024, el importe de pensión máxima es de 3.175,04 euros al mes. Así, se trata de una cuantía de 44.450,56 euros al año, independientemente de que la pensión se devengue en 12 o 14 pagas durante el año.
Con todo ello, la pensión mínima de incapacidad permanente es aquella que reciben las personas menores de 60 años que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común. No obstante, este importe varía en función de las circunstancias personales de la persona beneficiaria:
- Con cónyuge a cargo: 608,30 al mes y 8.516,20 euros al año.
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 608,30 euros al mes y 8.516,20 al año.
- Con cónyuge NO a cargo: 603,10 euros al mes y 8.443,40 al año.
Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente total es el grado de incapacidad por el que se percibe una pensión con una cuantía más baja. En concreto, equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador.
Además, hay que recordar que una incapacidad permanente puede derivar de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) o contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común).
El hecho causante es un aspecto fundamental respecto al cumplimiento de requisitos necesarios para cobrar una pensión de incapacidad permanente. Además, también puede tener cierta influencia respecto al importe a cobrar por parte del trabajador.