Muchas personas tienen dudas sobre la cuantía que le corresponde percibir por el Ingreso Mínimo Vital (IMV). En este sentido, es necesario tener en cuenta que el importe de esta prestación de la Seguridad Social puede variar en función de diferentes factores.
Desde el Gobierno de España aclaran que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener».
Cada año, la Seguridad Social establece la cuantía mínima garantizada para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En 2024, las cuantías garantizadas se han revalorizado en un 6,9%.
Cuantía del Ingreso Mínimo Vital por miembros
Tras la revalorización del 6,9%, el Gobierno de España ha establecido la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual en 7.250,52 euros al año en 2024.
Hay que recordar que el Ingreso Mínimo Vital es una prestación que se devenga en 12 pagas al año. Por tanto, el importe mensual para un beneficiario individual en 2024 es de 604,21 euros al mes.
Además, la cuantía a percibir por el Ingreso Mínimo Vital puede aumentar en función del número de miembros que figure en la misma unidad de convivencia.
Respecto a esta situación, desde la Seguridad Social informan que «la cantidad anterior se incrementa en un 30% por cada miembro adicional, añadiendo 2175,16 euros anuales (181,26 euros mensuales) a la renta garantizada de la unidad».
No obstante, a partir de 5 miembros en la unidad de convivencia, esta cantidad de la cuantía del Ingreso Mínimo Vital ya no puede aumentar más. En este sentido, la Renta Básica Garantizada de una unidad de convivencia nunca podrá superar el 220% de la renta individual.
Para una unidad de convivencia con 5 miembros o más, la renta básica garantizada es de 15.951,24 euros al año. Del mismo modo, supone un importe mensual de 1.329,27 euros. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social.
Complementos del Ingreso Mínimo
Junto con todo lo expuesto anteriormente, la Seguridad Social contempla dos complementos que pueden cobrar las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital en España.
Uno de ellos es el complemento de monoparentalidad, con una cuantía equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual (7.250,52 euros). Es decir, dicho complemento tiene un importe de 1.596,11 euros al año.
Otro es el complemento por discapacidad. Este complemento también tiene un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual.
El complemento por discapacidad se concede en caso que alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
De manera adicional, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital también pueden cobrar el Complemento de Ayuda a la Infancia. Se trata de una ayuda adicional que tiene como finalidad reducir el riesgo de pobreza infantil entre la población española.
El importe del complemento de ayuda a la infancia depende de la edad de los menores que figuren en la misma unidad de convivencia:
- 115 euros al mes por cada hijo entre 0 y 3 años de edad.
- 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
- 57,5 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.
Finalmente, desde la Seguridad Social advierten que «el cambio en las circunstancias personales de la persona titular del Ingreso Mínimo Vital o de algún miembro de la unidad de convivencia puede resultar en la modificación de la cuantía de la prestación».