Este es el subsidio que se puede solicitar en 2022 por violencia de género

Las víctimas de violencia de género o violencia machista pueden acceder al subsidio de la Renta Activa de Inserción (RAI) en 2022

Subsidio para víctimas de violencia de género en 2022

Las personas en paro y que no tienen derecho a una prestación contributiva por desempleo ni a subsidio, pueden solicitar en España en 2022 la conocida como Renta Activa de Inserción (RAI). Este subsidio está destinado a víctimas de violencia de género y violencia doméstica, parados de larga duración, personas con discapacidad y personas emigrantes retornadas.

Algunos de los requisitos para obtener este subsidio de la RAI gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede variar según el colectivo que se vea beneficiado. Si bien, algunas condiciones son comunes a todos ellos.

Para solicitar la Renta Activa de Inserción en 2022, las personas víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica deben obtener cita previa en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Subsidio para víctimas de violencia de género en 2022

Las personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica deben acreditar ante la Administración competente su condición de víctima; a excepción de cuando conviva con la persona agresora y la persona en cuestión se encuentre inscrita como demandante de empleo. Además, será necesario cumplir el resto de requisitos exigidos por el SEPE.

Subsidio de la Renta Activa de Inserción
Subsidio para víctimas de violencia de género en 2022

Por tanto, para poder ser beneficiario o beneficiaria de la Renta Activa de Inserción (RAI) en 2022, las personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica deben cumplir determinados requisitos.

Según detallan desde el SEPE: «es víctima de violencia de género la mujer que sufre violencia física o psicológica (incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad) de parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes están o hayan estado ligados a ella por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia e independientemente de su estado civil».

Seguidamente añaden que «además, también tendrán la condición de víctima de violencia de género sus hijos o hijas menores y los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia que sufran esta violencia».

Renta Activa de Inserción y violencia doméstica

Por otra parte, a efectos del subsidio de la Renta Activa de Inserción (RAI), también se considera víctima de violencia doméstica a personas que hayan sufrido dicha violencia cuando se ha ejercido por:

  1. Sus hijos o hijas, o padres o madres; con independencia de la edad.
  2. Su excónyuge o expareja si la víctima no es mujer o si ambos miembros de la pareja son del mismo sexo.
  3. El cónyuge, excónyuge o pareja de hecho del progenitor o progenitora.
  4. Hijos o hijas, o padres o madres de su cónyuge, excónyuge o pareja de hecho de cualquier edad.

Finalmente, desde el SEPE informan que «no tendrán la consideración de víctimas de violencia doméstica quienes sufran agresiones de otros miembros de su unidad familiar diferentes a las personas indicadas», a efectos de personas beneficiarias del subsidio de la Renta Activa de Inserción (RAI).

Duración y cuantía del subsidio

La cuantía del subsidio de la Renta Activa de Inserción para personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica es equivalente al 80% del Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento. Así, el importe mensual de la RAI en 2022 es de 463 euros.

Por su parte, la duración de la Renta Activa de Inserción es de 11 mese como máximo, y con efectos desde el día siguiente a la aprobación de la solicitud.

En el caso de las personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica es posible solicitar una ayuda complementaria de tres mensualidades más de la Renta Activa de Inserción; cuyo ingreso se realiza en un pago único.

Esta situación puede darse en caso de que la personas beneficiaria se haya visto obligada a cambiar de residencia en los doce meses anteriores a la solicitud de admisión al programa o durante su permanencia en el mismo.

Salir de la versión móvil