Las personas que agotan el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo en España pueden acceder a diferentes subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se trata de una oportunidad que brinda el Gobierno de España a los desempleados para obtener determinados ingresos económicos durante el periodo de búsqueda de un nuevo trabajo.
En este caso, una de las ayudas no contributivas que gestiona el SEPE es el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva para mayores de 45 años y sin cargas familiares. De forma popular, se conoce como subsidio para mayores de 45 años.
Este subsidio para mayores de 45 años tiene una cuantía cercana a los 500 euros al mes. Concretamente, el importe es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente, que en 2022 supone una cuantía mensual para los beneficiarios de 463,21 euros al mes.
Requisitos para cobrar el subsidio
Para tener derecho a cobrar algunos de los subsidios por desempleo del SEPE es preciso cumplir con los requisitos exigidos. Algunos de ellos son comunes para todas estas ayudas no contributivas, aunque también se solicitan condiciones concretas en función del tipo de subsidio en cuestión.
Así, estos son los requisitos claves para cobrar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva para mayores de 45 años en 2022:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Haber agotado el derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Esta inscripción debe mantenerse durante todo el periodo de percepción de la ayuda no contributiva.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
- No tener responsabilidades familiares.
Por norma general, la duración del subsidio para mayores de 45 años es de seis meses. Sin embargo, el SEPE matiza que «en el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud cuando la fecha del hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022. Si el hecho causante ha tenido lugar a partir de dicha fecha, la duración del subsidio será la establecida con carácter general».
Plazo y dónde realizar la solicitud
La solicitud del subsidio para mayores de 45 años y sin cargas familiares se puede realizar de manera online a través de la Sede Electrónica del SEPE. Igualmente, también es posible su tramitación por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.
Hay que tener en cuenta que el plazo legal para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. Así, el mes de espera se contabiliza desde el día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
«El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma», concluyen desde el SEPE.