El Gobierno de España, a través del Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, ha aprobado una nueva ley para mejorar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras empleadas del hogar. Hay que tener en cuenta que la mayor parte de trabajadores de este colectivo son mujeres.
Así, con esta nueva normativa, la Seguridad Social equipara las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de trabajadores por cuenta ajena en el ámbito laboral. Entre otras cosas, a partir del 1 de octubre podrán acceder a las prestaciones o subsidios por desempleo, algo que hasta ahora no era posible.
Por otra parte, los empleadores deberán justificar el motivo de la finalización del contrato de trabajo de una persona trabajadora empleada del hogar. Es decir, se introducen diferentes elementos para mejorar la situación laboral de este colectivo y también se incorporan diferentes elementos para potenciar la protección en situación de desempleo.
Salario legal de empleada del hogar
Desde la Seguridad Social explican que el contrato entre el empleador y la persona trabajadora del hogar debe efectuarse por escrito. En caso de que no sea así, dicho contrato se entenderá como indefinido y a jornada completa, salvo que pueda acreditarse lo contrario. Además, es obligatorio dar de alta a una persona empleada del hogar en la Seguridad Social, pudiendo acarrear diferentes sanciones el no hacerlo.
«La persona trabajadora deberá ser informada sobre los elementos esenciales del contrato y sus condiciones de trabajo como las posibles retribuciones en especie, los detalles de la distribución de tiempos de presencia y de su duración, así como el régimen de las pernoctas en el domicilio donde se prestan servicios, en su caso», explican desde la Seguridad Social.
Con la nueva normativa, el salario de una persona empleada del hogar debe ajustarse, como mínimo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. En la actualidad, el SMI es de 1.000 euros al mes en 14 pagas al año y de 1.666,67 euros al mes en 12 pagas durante el año.
En el caso de que la retribución se realice por horas, el SMI se establece en 7,29 euros la hora. Si incluye vacaciones asciende a 7,82 euros la hora. Así, el salario de una persona empleada del hogar debe ajustarse a estos parámetros.
Cotización por desempleo a la Seguridad Social
La nueva normativa respecto a personas trabajadoras del hogar ha despertado diferentes dudas entre los empleados del colectivo. Para ello, la Seguridad Social ha elaborado una interesante guía en la que recoge los elementos más importantes al respecto.
Así, en cuanto a la cotización para cobrar la prestación contributiva por desempleo, desde la Seguridad Social exponen que «la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) será obligatoria para las personas empleadoras y empleadas del hogar a partir del 1 de octubre de 2022″.
En este sentido, se aclara que la base de cotización al desempleo se corresponde a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. De esta forma, el tipo de cotización aplicable entre el 1 de octubre y 31 de diciembre de 2022 es de 6,05%. De este tipo de cotización a la Seguridad Social, el 5% corresponde a cargo del empleador y el 1,05% al trabajador.