El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de la gestión de diferentes subsidios por desempleo. Para tener derecho a cobrar cada uno de estos subsidios es necesario cumplir los requisitos correspondientes de forma particular. Sin embargo, todas estas prestaciones no contributivas comparten algunos requisitos comunes.
La finalidad del subsidio por desempleo es ofrecer al trabajador en paro un sustento económico temporal en el periodo comprendido entre la finalización de la prestación contributiva por desempleo y el inicio de un nuevo trabajo. Por este motivo, para cobrar un subsidio por desempleo es necesario estar inscrito como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico que corresponda a cada persona, y mantener dicha inscripción durante todo el periodo que dura la percepción de la prestación.
Por tanto, estar inscrito como demandante de empleo es un requisito común para cobrar cualquier subsidio por desempleo. Evidentemente, otra condición indispensable que marca el SEPE es que la persona solicitante se encuentre en situación de paro.
Todos estos subsidios por desempleo son ayudas no contributivas que contempla el sistema español. La mayoría de ellas se dirige a personas que han agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, también existe una ayuda específica para trabajadores que no han alcanzado los requisitos necesarios para tener derecho a la prestación del paro: Subsidio por cotización insuficiente.
Requisito de rentas para cobrar subsidio
Uno de los requisitos comunes para tener derecho a cobrar cualquier subsidio por desempleo es tener carencia de rentas. En concreto, el beneficiario debe carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Actualmente, el Salario Mínimo Interprofesional es de 1.000 euros brutos, por lo que el 75% se corresponde con 750 euros. Según dicha normativa, las rentas mensuales no pueden ser superiores a 750 euros para tener derecho a cobrar un subsidio por desempleo. Además, este requisito debe cumplirse durante todo el periodo de percepción de la ayuda económica.
Requisito clave para mayores de 52 años
Con el subsidio para mayores de 52 años se cumple una particularidad. Esta ayuda no contributiva se puede percibir de forma ininterrumpida hasta alcanzar la edad de jubilación. Para ello, el SEPE exige que la persona beneficiaria siga cumpliendo con todos los requisitos que dieron origen a la concesión inicial del subsidio.
Así, para renovar el derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, la persona titular debe presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas (DAR). Con este documento, la persona beneficiaria debe acreditar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas para seguir cobrando dicha ayuda no contributiva.
En este sentido, es necesario recordar que el subsidio para mayores de 52 años es la única ayuda no contributiva del SEPE que permite seguir cotizando a la Seguridad Social durante la percepción del mismo. «La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento», informan desde el SEPE.