El pasado 1 de noviembre de 2024 entró en vigor la reforma de nivel asistencial del subsidio por desempleo en España. Así, se ha producido una reestructuración de los diferentes subsidios por desempleo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Por tanto, si estás en paro, es probable que puedas cobrar algunos de estos subsidios por desempleo.
Desde el SEPE indican que «la nueva norma simplifica los procedimientos para garantizar una mayor flexibilidad en el acceso y reducir las cargas administrativas de manera que se facilite a la ciudadanía la tramitación y el reconocimiento de las prestaciones de desempleo».
Los 5 subsidios por desempleo del SEPE
La reforma del subsidio por desempleo incluye diferentes tipos de medidas que buscan mejorar y facilitar el acceso de los ciudadanos en paro a este tipo de prestaciones. Entre otras cosas, se ha producido un aumento de la cuantía del subsidio por desempleo, reestructuración de prestaciones o eliminación de requisitos.
📲 Este 1 de noviembre entró en vigor la reforma de los subsidios.
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— SEPE (@empleo_SEPE) November 11, 2024
Así, tras la aplicación de la reforma, estos son los 5 subsidios por desempleo del SEPE que pueden cobrar los ciudadanos de España que se encuentren en situación de paro:
- Subsidio por agotamiento. Destinado a las personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo y siguen en paro.
- Subsidio por cotización insuficiente. Destinado a personas que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a cobrar una prestación contributiva por desempleo. Es decir, han cotizado más de 3 meses y menos de 12 meses.
- Subsidio para emigrantes retornados.
- Subsidios para víctimas de violencia de género o violencia sexual.
- Subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio no se ha visto modificado en la última reforma.
Desde el SEPE recuerdan a los ciudadanos que «si tienes un subsidio o una RAI (Renta Activa de Inserción) reconocidos antes del 1 de noviembre de 2024 se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción tanto en cuantía como en requisitos».
Además, la reforma también incluye nuevos colectivos que podrán cobrar el subsidio por desempleo. En este caso, el subsidio por agotamiento de una prestación contributiva. Hablamos de las personas menores de 45 años sin cargas familiares.
Principales medidas de la reforma del subsidio por desempleo
Hasta el momento, la cuantía del subsidio por desempleo del SEPE era equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). Así, una de las principales medidas de la reforma ha sido el incremento de la cuantía del subsidio por desempleo.
Desde el 1 de noviembre de 2024, así queda el importe a percibir por la cuantía del subsidio por desempleo en España, tras la entrada en vigor de la reforma:
- Cuantía equivalente al 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de subsidio.
- Cuantía equivalente al 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses posteriores.
- Cuantía equivalente al 80% del IPREM (480 euros al mes) durante el resto de duración del subsidio.
Eso sí, la cuantía del subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM durante todo el periodo de percepción del subsidio. Es el único subsidio en el que no se aplica la subida descrita anteriormente.
Otra medida clave consiste en la eliminación del mes de espera para poder solicitar el subsidio por desempleo tras el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
También se ha aprobado el complemento de apoyo al empleo. Esta medida permitirá a las personas perceptoras del subsidio por desempleo compatibilizar la prestación con un trabajo durante un periodo máximo de 180 días.