La Agencia Tributaria establece una serie de deducciones con carácter estatal que se pueden aplicar por discapacidad. Es decir, existe una normativa que se aplica en toda España con deducciones para personas con discapacidad y familiares de personas con discapacidad.
Estas deducciones por discapacidad se aplican a la hora de presentar la Declaración de la Renta. Además, cada Comunidad Autónoma cuenta con deducciones específicas que se pueden aplicar con discapacidad.
Deducciones por discapacidad en Aragón en 2025
En este caso, nos vamos a centrar en las deducciones por discapacidad específicas que se pueden aplicar en la Comunidad Autónoma de Aragón a la hora de presentar la Declaración de la Renta. A partir del 2 de abril de 2025 comienza la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.
Así, estas son las dos principales deducciones por discapacidad que se pueden aplicar en Aragón en 2025, tal y como se recoge en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria:
- Deducción por el cuidado de personas dependientes.
- Deducción por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Para tener derecho a cada una de estas deducciones en la Declaración de la Renta, es obligatorio cumplir con una serie de requisitos establecidos en la normativa fiscal correspondiente.
La primera de estas deducciones que se aplican en Aragón es por cuidado de personas dependientes. En concreto, es posible obtener una deducción de 150 euros por el cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente durante, al menos, la mitad del periodo impositivo. Además, en casos excepcionales, esta deducción puede alcanzar los 300 euros.
Al respecto, desde Hacienda explican que «se considera persona dependiente, a efectos de esta deducción, al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, cualquiera que sea su edad».
Por tanto, los contribuyentes que convivan con una persona que tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, tienen la posibilidad de acceder a una deducción de 150 euros en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Deducción por hijo con discapacidad del 33%
La otra ayuda que se aplica en la Comunidad de Aragón es una deducción por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad igual o superior al 33% durante el periodo impositivo. En este caso, con carácter general, se aplica una deducción de 200 euros.
Para acceder a esta deducción de 200 euros, es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos que se recogen en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria:
- El hijo nacido o adoptado debe tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Además, el grado de discapacidad deberá estar referido a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y reconocido mediante resolución expedida por el órgano competente en materia de servicios sociales.
A veces, puede darse el caso de hijos que cumplen esta condición en Aragón y conviven con más de un contribuyente. En este tipo de situaciones, la cuantía de la deducción se prorratea por partes iguales entre ellos.
Esta deducción también puede ser de 240 euros por cada hijo con el que se cumplan los requisitos, siempre que se aplique por el régimen de fiscalidad diferenciada.
En este sentido, desde Hacienda aclaran que «el régimen de fiscalidad diferenciada resulta aplicable a los contribuyentes que residan en asentamientos rurales con alto riesgo o con riesgo extremo de despoblación, siempre que, además, tengan un Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) inferior a 100″.