Penalización en la jubilación anticipada

Penalización en la jubilación anticipada./ Licencia Adobe Stock

Esta es la penalización por jubilación anticipada en 2024

Los ciudadanos que acceden a la jubilación anticipada en 2024 tienen una penalización sobre la cuantía de su pensión contributiva

La Seguridad Social contempla las modalidades de jubilación anticipada voluntaria y la jubilación anticipada forzosa en España. Es decir, los ciudadanos que cumplan con los requisitos pertinentes, podrán acceder a la jubilación antes de cumplir la edad ordinaria correspondiente.

Tal y como su mismo nombre indica, la jubilación anticipada permite a los ciudadanos acceder a la jubilación antes de cumplir la edad de jubilación ordinaria vigente. Sin embargo, acceder a la jubilación anticipada también implica ciertas penalizaciones en la cuantía de la pensión contributiva.

Penalización en la jubilación anticipada voluntaria en 2024

En 2024, la edad de jubilación ordinaria es igual a 66 años y seis meses para aquellas personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social. También es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.

Así, la normativa de la Seguridad Social establece que es posible adelantar la edad de jubilación ordinaria hasta en dos años como máximo a través de la jubilación anticipada voluntaria.

Por tanto, así queda la edad de jubilación voluntaria mínima en 2024, para los ciudadanos que cumplan con todos los requisitos:

Desde BBVA recuerdan que «para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años, 2 de los cuales deberán estar comprendidos en los últimos 15 años previos al acceso a la jubilación».

Respecto a las penalizaciones que se aplican en la pensión por adelantar la jubilación, varían en función del número de meses de adelanto y del número de años cotizados por parte del ciudadano.

Así, los coeficientes reductores en la jubilación anticipada voluntaria van desde un máximo del 21% por adelantar 24 meses la edad de jubilación y tener menos de 38 años y seis meses cotizados; hasta un mínimo del 2,81% por adelantar un mes la jubilación y contar con más de 44 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social.

Jubilación anticipada forzosa

La jubilación anticipada forzosa, por su parte, es aquella que se produce por una causa no imputable al trabajador. Es decir, se genera por causas ajenas a la propia voluntad del trabajador. En este caso, es posible adelantar la jubilación hasta en cuatro años como máximo con respecto a la edad de jubilación ordinaria.

En 2024, la edad mínima de jubilación anticipada forzosa es de 62 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años. Del mismo modo, es de 61 años para aquellas personas que acreditan una cotización igual o superior a 38 meses.

Así, los profesionales de BBVA exponen que «para acceder a la jubilación anticipada involuntaria es necesario haber cotizado al menos 33 años, de los cuales 2 años de cotización deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante». Además, los trabajadores autónomos no tienen derecho a esta modalidad de jubilación.

Con todo ello, los coeficientes reductores en la pensión para la jubilación anticipada forzosa van desde un mínimo del 0,5% en caso de 1 mes de adelanto y haber cotizado 44 años y seis meses o más a la Seguridad Social; hasta un máximo del 30% por adelantar la jubilación en cuatro años y haber cotizado menos de 38 años y seis meses durante la vida laboral.

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