La edad de jubilación es un aspecto clave para los ciudadanos que van a poner fin a su vida laboral. Así, en este año 2024 se ha producido un cambio importante en la edad ordinaria de jubilación.
Además, hay que recordar que para acceder a la jubilación ordinaria y cobrar la pensión contributiva es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Dos de esos años de cotización deben haberse cumplido en los 15 años anteriores a la jubilación.
Y es que la edad de jubilación ordinaria en España seguirá subiendo hasta el año 2027, tal y como se recoge en la normativa de la reforma de pensiones del año 2011. Esto es algo clave para los ciudadanos que accederán a la jubilación en los próximos años.
Edad de jubilación mínima en 2024
En 2024, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social. Por su parte, es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.
Por tanto, la edad mínima de jubilación ordinaria en España es de 65 años. Para ello, los ciudadanos que vayan a jubilarse en 2024 deben haber cotizado igual o más de 38 años a la Seguridad Social.
Sin embargo, el sistema de pensiones contempla otras modalidades de jubilación que permiten al ciudadano jubilarse con una edad anterior a la edad ordinaria de jubilación.
La edad mínima a la que se puede jubilar una persona en España es a los 52 años. Así, las personas que accedan a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%, pueden jubilarse desde los 52 años de edad.
Por su parte, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% pueden jubilarse desde los 56 años de edad. Así lo recoge la normativa de la Seguridad Social respecto a las diferentes modalidades de jubilación.
Otras edades de jubilación
Otra modalidad que contempla la Seguridad Social es la jubilación anticipada por pertenencia a un determinado grupo de profesión. Desde ‘CampmanyAbogados’ argumentan que «existe un abanico concreto de profesiones tipificadas como ‘penosas’, como por ejemplo la de minero, a la que se pueden aplicar coeficientes reductores de edad. Acreditando esta clase de actividad laboral, una persona puede llegar a jubilarse con 52 años, aplicando o no en cada caso los coeficientes reductores correspondientes. Con la excepción de bomberos y Ertzaintzas, que sería a los 60, al igual que los mutualistas».
En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los ciudadanos pueden adelantar la edad de jubilación ordinaria hasta dos años como máximo. Así, la edad de jubilación anticipada voluntaria mínima en 2024 será de 64 años y seis meses en caso de haber cotizado menos de 38 años a la Seguridad Social; y de 63 años en caso de haber cotizado igual o más de 38 años a la Seguridad Social.
Por su parte, en el caso de la jubilación anticipada forzosa, un ciudadano puede adelantar hasta en cuatro años el retiro laboral con respecto a la edad ordinaria de jubilación vigente.
De esta forma, la edad de jubilación anticipada forzosa mínima en 2024 es de 62 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años a la Seguridad Social; y de 61 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años a la Seguridad Social.