La pensión por viudedad es una de las maneras más tristes y amargas de recibir una compensación económica, ya que está directamente relacionada con el fallecimiento del cónyuge de la persona beneficiaria de esta prestación. Se trata de una ayuda por parte del Estado enmarcada en un paquete de medidas que buscan fortalecer la protección social de los sujetos que reciben las pensiones de viudedad en España, asegurando su bienestar económico de cara al próximo año 2025, especialmente en los casos en los que el difunto era quien ostentaba los mayores ingresos dentro de la unidad familiar.
De este modo, el Consejo de Ministros, celebrado de forma extraordinaria, ha aprobado que la prestación por viudedad experimente un aumento del 9%, una medida destinada a garantizar el poder adquisitivo de los beneficiarios en un contexto de inflación persistente. Además, también se ha concluido que las pensiones mínimas de jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas sufrirán un aumento superior al del Índice de Precios de Consumo (IPC), de acuerdo con lo establecido en la segunda reforma de las pensiones llevada a cabo por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y regulada bajo el Real Decreto-ley 2/2023. Por tanto, esta medida entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2025, cunado miles de personas se podrán beneficiar de este amargo ingreso, según revelan fuentes oficiales del Ejecutivo.
Pensión por viudedad
Las pensiones de viudedad están divididas en diferentes tramos dependiendo de la situación personal y la base reguladora del beneficiario, por lo que las cantidades varían en función de cada persona. Del mismo modo, la prestación mínima por la irreparable pérdida del cónyuge se otorga a beneficiarios sin ingresos adicionales o con ingresos bajos. En 2024, la cuantía era de 905,76 euros mensuales para personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 65%. Con el aumento del 9%, la pensión mínima se situará en 986,28 euros mensuales, lo que supone un incremento anual de 964,44 euros, pasando de 12.680,64 a 13.645,08 euros.
Por su parte, según han informado desde la Administración Pública, la pensión media de viudedad en 2024 se estableció en torno a los 822,88 euros mensuales, de acuerdo con los proporcionados por la Seguridad Social. Con la subida del 9%, la cuantía media ascenderá a 896,94 euros mensuales, lo que representa un aumento de 74,06 euros al mes y 888,72 euros al año.
Finalmente, el límite máximo para las pensiones contributivas de viudedad en 2024 era de 3.059,23 euros mensuales. Aplicando el incremento del 9%, la pensión máxima alcanzará los 3.334,56 euros mensuales, lo que equivale a un aumento anual de 3.299,88 euros, pasando de 42.829,22 a 46.129,10 euros. No obstante, la cuantía que recibe cada persona está determinada por la situación en la que se encuentra y el régimen y unidad familiar que regenta, así como la presencia de personas a cargo.
- Titular con cargas familiares: 1.127,20 €/mes.
- Titular con 65 años o discapacidad superior al 65%: 874,10 €/mes.
- Titular entre 60 y 64 años: 817,70 €/mes.
- Titular menor de 60 años sin cargas: 662,20 €/mes.
Fecha para cobrar esta subida
La revalorización del IPC ha derivado en incremento de las pensiones contributivas y no contributivas para mejorar el poder adquisitivo de los pensionistas, que ya veían notablemente alterados sus ahorros ante el encarecimiento de los productos de la cesta de la compra. Por ello, la entrada en vigor de la normativa que regula el aumento de las pensiones se realizará el 1 de enero de 2025.
Sin embargo, a pesar de que la subida será el primer día del año, hay que tener en cuenta que la normativa establece que las pensiones se cobran a mes vencido, de acuerdo con la Seguridad Social, que explica que estas prestaciones deben ingresarse el primer día hábil del mes o, como máximo, antes del cuarto día natural. En este caso, el ingreso oficial se realizará el 3 de febrero de 2025, ya que el 1 de febrero no es un día hábil.
Aun así, la mayoría de entidades bancarias adelantarán este pago, como es habitual, entre los días 23 y 25 de enero, por lo que los pensionistas dispondrán de la pensión revalorizada en esas fechas. De todas formas, la propia Seguridad Social enviará una carta a los pensionistas a mediados de enero, informando de la subida y de todas las modificaciones que se han producido en las cuantías de sus pensiones.