Escanea «menos documentos» que su compañera de trabajo y es despedida: el motivo real de la empresa para echarla

La comparativa con otra compañera con "idénticas funciones" ha resultado crucial para que esta empleada sea cesada de su puesto de trabajo

Escanea "menos documentos" que su compañera de trabajo y es despedida: el motivo real de la empresa para echarla

Despedida por escanear "menos documentos" que su compañera de trabajo

Disminución continuada y voluntaria en su rendimiento laboral en comparación con una compañera. Ese es el motivo por el que una empresa ha decidido cesar a una empleada de su puesto de trabajo como auxiliar administrativa, donde desarrollaba su actividad profesional desde 2008, incluyendo el registro, procesamiento y transmisión de documentos. De hecho, la carta de despido señalaba una ralentización deliberada de sus tareas habituales, según la percepción de sus compañeros.

El caso, que ha llegado hasta el Tribunal Supremo, ha sido ratificado como despido procedente, por lo que la compañía ha ganado la batalla legal a la trabajadora. En términos numéricos y que refutan la postura de la empresa, la empleada afectada escaneó 155 documentos en un período de cinco días, mientras que su compañera logró digitalizar 1.304 documentos durante el mismo tiempo, pese a tener asignadas las mismas funciones. Por tanto, la finalización del contrato unilateralmente fue avalado por el Juzgado de lo Social y después por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, antes de llegar al Tribunal Supremo.

Discrepancias en el rendimiento laboral

Entre los días comprendidos entre el 14 de junio y el 22 de junio del año 2022, las discrepancias se hicieron más latentes que nunca. De hecho, la propia trabajadora trató de argumentar la falta de pruebas concretas sobre cuál debía ser el rendimiento adecuado de un auxiliar administrativo en la digitalización de documentos. Para ella, no era riguroso establecer un tope en cuanto a la realización de tareas se refiere.

Sin embargo, el tribunal determinó que la comparación directa con su compañera, quien había tomado a cabo las mismas tareas con mayor rapidez y eficiencia, era suficiente evidencia de su disminución voluntaria de rendimiento. De este modo, en el recurso de la trabajadora se intuía que se habría producido un cambio en sus funciones asignadas, factor que, según ella, podría haber influido en su rendimiento. Pero no fue así.

Esta afirmación fue considerada una cuestión nueva al no haber sido presentada en los argumentos originales de su recurso de suplicación, lo que llevó a que el Tribunal Supremo desestimara esta nueva línea de defensa por falta de contenido casacional. Finalmente, el despido de esta empleada fue considerado como procedente debido a las pruebas aportadas por la compañía, que resultaron ser suficientes para que el Alto Tribunal dictara sentencia.

Una compañera, con «idénticas funciones»

Esta sentencia, emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, pone de manifiesto la importancia de mantener un rendimiento consistente en el trabajo para evitar despidos procedentes y demuestra cómo la comparativa con compañeros puede ser determinante en juicios de esta naturaleza.

Además, en este contexto, se evidencia la vital relevancia de presentar todos los argumentos y evidencias pertinentes desde los primeros pasos del proceso judicial, ya que la introducción de elementos nuevos en fases avanzadas puede resultar infructuosa. Por tanto, el despido de la trabajadora se entiende como una dejación de sus funciones, de manera deliberada, y sin el mínimo atisbo de cambio en el periodo aportado por la empresa.

Este motivo ha sido suficiente para que la justicia fallara a favor de la compañía y dejara sin efecto alguno el recurso de suplicación de la empleada, que no tuvo más remedio que aceptar la sentencia y volver a la rueda del mercado laboral a la mayor brevedad posible.

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