Es oficial: los coches que no cumplan con la etiqueta de zonas bajas emisiones podrán circular si cumplen este requisito

Los coches sin etiqueta medioambiental de aquellos titulares que no son residentes en las ciudades ya no pueden circular por la Zonas de Bajas Emisiones

Los coches que no cumplan con la etiqueta de zonas bajas emisiones podrán circular si cumplen este requisito

Coches que no podrán circular por las ZBE sin cumplir este requisito / EuropaPress

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) cada vez están más instauradas en los municipios que cumplen las condiciones para ellos, es decir, que sobrepasen el límite de 50.000 habitantes. Además de cara a este nuevo año, la normativa se ha endurecido y las sanciones se han agravado para los coches que circulen por estas áreas sin la etiqueta correspondiente de la Dirección General de Tráfico (DGT). En este sentido, Madrid, la capital de España, es de las pocas ciudades que se ha adaptado a tiempo a la Ley 7/2021, del 20 de mayo, que persigue el Cambio Climático y la Transición Energética.

En este sentido, fue en el año 2016 cuando la Dirección General de Tráfico sacó a la luz las pegatinas que clasificaban a los coches según lo que contaminaban. De esta forma, los vehículos más contaminantes para circular por estos municipios se quedaron sin su etiqueta correspondiente. Por ello, se estima que los coches sin distintivo en Madrid y, en general, en toda España son:

Por tanto, se deduce que los coches sin etiqueta en Madrid de aquellos titulares que no son residentes ya no pueden circular por la Zonas de Bajas Emisiones, salvo algunas excepciones.

Coche sin distintivo ambiental en Madrid

De acuerdo con la normativa en materia medioambiental, desde enero de 2023 no se puede circular con ningún coche sin etiqueta en Madrid, incluidas las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, ubicadas en el Distrito Centro y Plaza Elíptica. Igualmente, desde el año 2024, aquellos coches sin distintivo en Madrid de no residentes en la capital que quieren acceder a cualquiera de los 21 distritos del territorio madrileño tampoco pueden hacerlo, excepto en los siguientes escenarios:

De este modo, sólo quedarán exentos los vehículos sin etiqueta para personas con movilidad reducida que tengan la tarjeta de estacionamiento correspondiente, los clasificados como históricos y los vehículos de emergencias.

Sin embargo, no se multará durante todo 2025 a ningún coche o vehículo sin etiqueta, empadronado en Madrid, dando un plazo de aviso de 12 meses debido a una moratoria extendida hasta el 31 de diciembre por el Ayuntamiento de la ciudad. Tampoco a motos, furgonetas u otros vehículos que paguen el impuesto de circulación en la capital.

Vehículo sin etiqueta empadronado en Madrid

Las restricciones de las etiquetas son diferentes para los residentes con coche sin pegatina en Madrid, siempre que cumplan las siguientes condiciones, establecidas por las instituciones encargadas de gestionar esta materia. El objetivo que se persigue con estas medidas es el cuidado medioambiental y mejorar, por tanto, la calidad del aire en beneficio de todos los ciudadanos.

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