Desde el Servicio Público de Empleo (SEPE) señalan que las personas que perciban prestaciones por desempleo deben cumplir una serie de obligaciones establecidas en la ley. Asimismo, el organismo indica que el incumplimiento de estas obligaciones supone cometer infracciones que se sancionarán de acuerdo con las leyes vigentes.
Por su parte el SEPE cuenta en su web con un listado donde se incluyen todo tipo de:
- Obligaciones
- Infracciones
- Sanciones o penalizaciones
El SEPE recoge en su web que las sanciones o penalizaciones pueden ser leves, graves y muy graves, que van a ir desde amonestación, hasta la suspensión temporal de los diferentes tipos de prestaciones. Además, explican que si se da el caso de tener que pagar una multa, habrá que sumarle la devolución de todas las cantidades que se han cobrado indebidamente.
Penalizaciones leves del SEPE
Comenzamos con las penalizaciones, que la vamos a catalogar según su nivel de infracción:
- 1ª. Infracción. Pérdida de 1 mes de prestaciones.
- 2ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
- 3ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
- 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.
Desde el SEPE señala que se aplicarán estas escalas a partir de la primera infracción y cuando, entre una infracción leve y la anterior, no hayan pasado más de 365 días, con independencia del tipo de infracción.
Penalizaciones graves del SEPE
En el caso de las penalizaciones graves, vamos a encontrar las siguientes infracciones:
- 1ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
- 2ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
- 3ª. Infracción. Extinción de prestaciones.
Desde el SEPE señalan se sancionará con la extinción de la prestación, el no comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción del derecho. Ocurrirá lo mismo cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a percibirlas. También cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación.
Además, al igual que ocurre con las penalizaciones leves, el SEPE aplicará las escalas a partir de la primera infracción y cuando, entre una infracción grave y la anterior, no hayan pasado más de los 365 días, con independencia del tipo de infracción.
Penalizaciones muy graves del SEPE
Por último encontramos las penalizaciones muy graves del SEPE, que van dirigidas a la extinción de cualquiera de las prestaciones o ayudas. Asimismo, a la persona se le podrá penalizar con la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica. Incluso retirar la ayuda de fomento de empleo durante un año, así como del derecho a participar durante ese período en formación profesional para el empleo.
No obstante las sanciones anteriores, si no se cumplen las obligaciones y ello afecta al cumplimiento y conservación de los requisitos que dan derecho a la prestación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podrá suspender provisionalmente dicha prestación hasta que la resolución administrativa sea definitiva.
Finalmente, el SEPE señala que independientemente de la imposición de la sanción, se devolverán las cantidades percibidas indebidamente.