El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es una prestación estatal dirigida a paliar las situaciones de exclusión y vulnerabilidad social a la que están sometidas muchas personas que, debido a la ausencia o escasez de ingresos derivados de la actividad laboral, necesitan de esta ayuda para evitar una asfixia económica. En los últimos tiempos, en este sentido, ha estado en entredicho si los beneficiarios de esta cuantía debían tributar el Impuesto Sobre las Personas Físicas en la declaración de la renta; y es que, a pesar de los intentos de la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, parece que, finalmente, sí habrá que abonar el IRPF.
No obstante, se ha conocido que un error de Hacienda limita al 50% la deducción del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la próxima declaración de la Renta. El fallo obligará a los trabajadores a pagar 170 euros de media de IRPF. Por otra parte, el Gobierno aprobó una subida de esta prestación hasta alcanzar los 16.576 euros al año, y hacerlo tributar por primera vez.
Error en la enmienda del Gobierno
El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y su partido socio en el Gobierno de coalición, Sumar, han introducido una enmienda al proyecto de ley sobre responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor, que se tramita en el Congreso para sacar adelante la mitad de esta ayuda. La enmienda plantea esta deducción en dos partes: se aplicaría el 50% de la reducción (170 euros) sobre el tramo estatal del IRPF y la otra mitad, sobre el tramo autonómico.
Sin embargo, el error de Hacienda radica, según refleja el propio texto de la norma, en que solo se modifica el artículo 68 de la Ley del IRPF, en el que se añade el apartado sexto, para que los contribuyentes puedan aplicar la mitad de la deducción en el tramo estatal. El texto mantiene intacto el artículo 77 de la norma para que se pudiera aplicar la otra parte de la deducción en el tramo autonómico.
Por ello, si finalmente la enmienda es aprobada en la Cámara Baja tal y como está, los ciudadanos que cobren el SMI solo podrán recuperar la mitad de las retenciones que se les han practicado. O lo que es lo mismo, acabarán pagando de IRPF por su salario 170 euros al año, aunque esta cifra variará según la CCAA en al que residan. De hecho, desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales-Consejo General de Economistas exponen que «necesitaríamos la modificación del artículo 77, a nuestro juicio, que no está en la enmienda. Con lo que hay en ella no se conseguiría el efecto deseado que es que estas personas recuperen el 100% de esa retención que se les ha practicado».
Correcciones de Hacienda
Desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública, presidido María Jesús Montero, no obstante, aseguran que en caso de que dicho error existiera, hay margen para corregirlo. El proyecto de ley sobre responsabilidad civil y seguros de vehículos a motor, norma que nada tiene que ver con el asunto del SMI, se encuentra en la actualidad en el Congreso de los Diputados, aunque desde el REAF señalan que desde el Ejecutivo deben prever que se aprobará con celeridad para introducir la enmienda en ella.
No obstante, la Cámara Baja aún no ha debatido la futura ley y, una vez le dé previsiblemente el visto bueno, deberá pasar al Senado para continuar su tramitación. De esta manera, también se señala que la enmienda permite aplicar la deducción, aunque de menor importe, a los salarios que lleguen a los 17.256 euros al año con el objetivo de evitar el error de salto, según explica El Confidencial.