Desde este lunes 3 de marzo de 2025 está en vigor una nueva medida sobre la bajas laborales por incapacidad temporal en España. Se trata de una medida que brindará una mayor protección a los trabajadores en determinados casos de incapacidad temporal.
Hay que recordar que una incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para trabajar. Durante dicho periodo, el trabajador recibe asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social y tiene derecho a cobrar una prestación económica.
Nueva medida de incapacidad temporal en marzo de 2025
Actualmente, la Seguridad Social contempla diferentes contingencias que dan lugar a una baja por incapacidad temporal. En este sentido, encontramos las contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común) y contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional).
Además, la Seguridad Social también contempla las siguientes contingencias especiales para mujeres trabajadoras en relación a la incapacidad temporal:
- Menstruación incapacitante secundaria.
- Interrupción del embarazo (sea voluntario o no).
- Gestación a partir de la semana 39 de embarazo.
Ahora, a partir del 3 de marzo de 2025, las personas donantes en vivo de órganos y tejidos tendrán una mayor protección de la Seguridad Social respecto a la baja laboral por incapacidad temporal.
De este modo, se establece como una situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella en la que se encuentra la persona donante de órganos o tejidos durante los días en los que recibe asistencia sanitaria. Es decir, durante aquellos días previos y posteriores a la donación en los que se encuentra incapacitada para trabajar.
Nueva situación especial de incapacidad temporal
Una donación de órganos y tejidos para su trasplante es un proceso complejo. Por ello, la persona donante requiere de una preparación previa y una recuperación posterior. Todo ello, tiene influencia en el ámbito laboral.
En este sentido, la nueva situación de incapacidad temporal comprende los días previos a la intervención y los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario hasta ser dado de alta por curación. Así, esta nueva situación de incapacidad temporal en España está en vigor desde el 3 de marzo de 2025.
Con todo ello, desde la Seguridad Social argumentan que «tal y como recoge el preámbulo de la norma (Ley 6/24, de 20 de diciembre, BOE del 21 de diciembre), se ha estimado necesario configurar como un supuesto especial de incapacidad temporal (baja laboral) con protección específica la situación de estas personas, que altruistamente llevan a cabo la cesión de un órgano o tejido que servirá para salvar la vida o mejorar las condiciones de vida de otra persona».
La finalidad principal de esta nueva medida de la Seguridad Social es otorgarle a los donantes de órganos y tejidos una cobertura lo más amplia posible en relación a la incapacidad temporal.
Uno de los aspectos más relevantes es la cuantía de la prestación de incapacidad temporal a cobrar por los trabajadores de baja laboral por donar órganos o tejidos. En este caso, al trabajador le corresponde percibir un importe del 100% de la base reguladora, derivada de contingencias comunes.
Para tener derecho a cobrar esta prestación por incapacidad temporal, la Seguridad Social no exige el cumplimiento de ningún requisito de cotización al trabajador. Así se recoge en la norma, en vigor desde el 3 de marzo de 2025.
Además, la prestación por incapacidad temporal en estos casos se abona desde el mismo día que se emite la baja laboral. En este sentido, el pago corresponde a la entidad gestora o colaboradora que cubre la incapacidad temporal por contingencias comunes.