Cuando una persona habla de la ilusión por llegar a la jubilación, no es solo una forma de referirse al momento en que tenga que dejar de trabajar. Pues además de retirarse del mundo laboral, cada trabajador aspira a una pensión acorde a lo que han sido sus años en activo. Al final, todo se traduce en una aspiración a poder mantener el mismo nivel adquisitivo, y además tener tiempo para poder disfrutar de todo aquello que el trabajo no le ha permitido, es decir, tiempo de descanso, viajes, familia, aficiones, etc.
Cabe recordar, que España cuenta desde 2013 con un plan especial que cambio cada año de forma progresiva los requisitos para acceder a la jubilación. No se trata de un cambio como tal, sino de un ajuste de esos requisitos para acceder a la pensión completa. Esto se sucede en la edad de jubilación y en los años que el trabajador debe haber cotizado a la Seguridad Social. En este caso, en 2024, para acceder al cien por cien de la pensión con 65 años, el trabajador debe haber cotizado durante al menos 38 años, de lo contrario, solo podrán retirarse los que cumplan 66 años y seis meses.
Jubilación a los 52 años
A pesar de la normativa establecida para la edad ordinaria de jubilación, el sistema de pensiones de España contempla otros muchos escenarios a tener en cuenta, pues según las condiciones de las personas, es posible que puedan acogerse a otras opciones disponibles. Entre ellas, existe la opción de la jubilación anticipada, esto es, la posibilidad de retirarse del mercado laboral antes de cumplir la edad ordinaria. No obstante, para esta opción deben cumplirse los requisitos establecidos.
Concretamente, la jubilación anticipada esta regulada en el Real Decreto 370/2023. Esta normativa indica los requisitos para que una persona pueda retirarse a los 56 años, e incluso a los 52 años si el trabajador sufre una de las enfermedades contempladas en la ley. Y es que hay problemas de salud, para los que la normativa española contempla situaciones especiales de acceso a la pensión de jubilación para los trabajadores que las sufran.
En este sentido, las personas a las que la Seguridad Social les ha acreditado un determinado grado de discapacidad, son susceptibles de poderse acoger a esta jubilación anticipada. Concretamente, podrán jubilarse a los 56 años los trabajadores con una grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento. Por su parte, podrán retirarse a los 52 años quienes sufran una una discapacidad igual o superior al 65 por ciento. De este modo, el sistema busca ayudar a quienes sufran ciertos problemas de salud.
Enfermedades con las que poder retirarte de forma anticipada
Lo fundamental a la hora de plantearse la jubilación, es informarse de los requisitos establecidos según la persona, es decir, realizar el cálculo en base a la persona interesada teniendo en cuenta todo lo marcado por la ley, para no verse luego perjudicado de forma económica en la pensión. En este sentido, el primer requisito que tanto los trabajadores por cuenta ajena como propia deben tener en cuenta, es que para acceder a la jubilación anticipada deben estar adscritos a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.
Pero además, deben estar dados de alta o en una situación asimilada, haber cotizado a la Seguridad Social durante un mínimo de 15 años y haber padecido una discapacidad durante al menos cinco años con un grado de 45 por ciento o más. Cabe señalar, que dicho grado de discapacidad debe acreditarse mediante un informe médico, certificado del IMSERSO o del órgano correspondiente de la comunidad autónoma que valide dicha condición.
Por otra parte, existe un listado de enfermedades que se actualiza periódicamente, que te permiten acceder a la jubilación de forma anticipada. En este sentido, son dolencias que abarcan distintas patologías entre las que s encuentran:
- La discapacidad intelectual.
- La parálisis cerebral.
- Anomalías genéticas como el síndrome de Down.
- Enfermedades neurológicas como la esclerosis múltiple y el síndrome de Tourette.
- Trastornos del espectro autista.