Las personas en España tienen la posibilidad de recibir una prestación económica mensual a causa de un accidente de trabajo, enfermedad común o enfermedad profesional. Se trata de la pensión de incapacidad permanente y se organiza en diferentes grados.
El tribunal médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social es el organismo competente que otorga el derecho a recibir dicha pensión de incapacidad permanente, teniendo en cuenta el historial médico del trabajador y las diferentes habilidades para desarrollar un trabajo.
Si bien, en muchas ocasiones, la Seguridad Social puede denegar la pensión de incapacidad, aunque el trabajador podrá recurrir la decisión mediante vía judicial.
Así, la pensión de incapacidad permanente es una prestación económica que se otorga al trabajador a modo de ayuda después de haber estado sometido a un tratamiento médico y demostrar haber parcial o totalmente sus habilidades para llevar a cabo una actividad laboral.
Enfermedades psiquiátricas y pensión de incapacidad permanente
La Seguridad Social no cuenta con un listado específico de enfermedades que dan lugar a una pensión de incapacidad permanente. Y es que el Tribunal Médico estudia cada caso de forma individual, teniendo en cuenta la patología y las secuelas provocadas en el trabajador.
Entre ellas destacan las enfermedades psiquiátricas, donde se engloban numerosas patologías relacionadas con la salud mental. De esta forma, este tipo de enfermedades suelen dar lugar al derecho de percibir una pensión de incapacidad permanente.
Dentro del grupo de las enfermedades psiquiátricas encontramos:
- Trastorno bipolar.
- Esquizofrenia.
- Alzheimer.
- Ansiedad.
- Estrés.
- Trastorno del neurodesarrollo.
- Depresión.
- Trastorno obsesivo compulsivo.
- Trastornos disociativos.
- Afecciones mentales.
- Trastornos cognitivos.
Antes de conceder una pensión de incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social estudia cada caso al detalle. A priori, el Tribunal Médico tiende a considerar todas las enfermedades psiquiátricas que se le presenten.
Si bien, otro tipo de patologías comunes para acceder a una pensión de incapacidad permanente son las enfermedades oncológicas; enfermedades del oído, ojos y corazón; enfermedades del aparato digestivo; del sistema respiratorio, enfermedades del sistema nervioso, traumatología y reumatología.
Tipos de incapacidad permanente
Cómo hemos apuntado anteriormente, la Seguridad Social tiene la potestad de otorgar el derecho a recibir la pensión de incapacidad permanente y establecer el grado concreto de incapacidad.
Sin embargo, la decisión puede ser recurrida por la parte solicitante ante la Justicia, que tendrá la última palabra sobre el derecho a recibir dicha prestación y el grado de la misma. Y es que la Seguridad Social distingue entre cuatro grados principales de incapacidad:
- Incapacidad permanente parcial: Genera en el trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión habitual:
- Incapacidad permanente total: En este caso, inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, pero puede desarrollar otra actividad laboral, cuyo grado de incapacidad se lo permita.
- Gran Invalidez: El trabajador precisa de asistencia de otras personas para poder llevar a cabo los actos más esenciales de la vida.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.
Evidentemente, la Seguridad Social establece diferentes requisitos dependiendo del grado de incapacidad del trabajador para acceder a la pensión. Así, el Tribunal Médico suele ser preciso y estricto a la hora de otorgar el derecho a percibir dicha prestación.