Eliminación del despido automático tras obtener una incapacidad permanente, ¿Tiene efecto retroactivo?

Después de varios meses de procedimiento, el Senado ha aprobado definitivamente la eliminación del despido automático tras una incapacidad permanente

Eliminación del despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente

Eliminación del despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente./ Foto de Canva

El Senado ha aprobado este martes 22 de abril de 2025 la eliminación del despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente. Se trata de un avance histórico para los trabajadores con discapacidad y trabajadores que presentan limitaciones a la hora de desarrollar una actividad laboral.

En este sentido, la reforma del Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social despierta una serie de dudas en los ciudadanos. Estas dudas surgen, especialmente, entre aquellas personas que ya tienen reconocida una incapacidad permanente.

¿Qué implica esta reforma de la incapacidad permanente?

La reforma del Estatuto de los Trabajadores establece una serie de cambios importantes, con beneficios para los trabajadores. En concreto, conlleva las siguientes implicaciones en España:

En concreto, el trabajador podrá solicitar una adaptación de su puesto de trabajo habitual, una reubicación dentro de la empresa a otro puesto de empleo adaptado a su nueva situación o poner fin a la relación contractual.

Es decir, la reforma provoca que el trabajador tenga la última palabra sobre su continuidad o no en la empresa después del reconocimiento de una incapacidad permanente.

A partir de ahí, la empresa debe valorar si la decisión del trabajador supone una «carga excesiva». La empresa deberá justificar porque constituye una «carga excesiva» la adaptación del puesto de trabajo o reubicación del trabajador.

En determinados casos, las empresas podrán acceder a diferentes ayudas o subvenciones públicas para poder adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades del trabajador con incapacidad permanente.

¿La medida tiene efectos retroactivos?

Este cambio normativo que elimina el despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente, supone un beneficio para los trabajadores a los que se les reconozca una incapacidad permanente total, absoluta o Gran Invalidez.

Así, los abogados de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad laboral, aclaran que «la norma no tiene carácter retroactivo, por lo que no afectará automáticamente a quienes hayan sido despedidos antes de su entrada en vigor. Sin embargo, es posible que muchas personas puedan revisar su caso a través de reclamaciones judiciales, especialmente si el despido se produjo recientemente o sin justificación adecuada».

Además de la medida descrita anteriormente, la reforma también incluye un compromiso del Gobierno de España. Así, el Ejecutivo Central se compromete a aprobar en el plazo de un año una Ley que permita adaptar el puesto de trabajo de los guardias civiles, policías nacionales militares de las Fuerzas Armadas a los que se le reconozca una incapacidad permanente.

Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) han celebrado la aprobación definitiva de la reforma que elimina el despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente.

Entre otras cosas, desde CERMI argumentan que la medida refuerza el derecho a decidir del trabajador «con discapacidad sobrevenida». Además, las empresas tendrán la obligación de llevar a cabo ajustes razonables para que el trabajador pueda continuar ejerciendo su actividad laboral, si así lo desea.

Como conclusión, el presidente de CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, argumenta que «el despido por incapacidad permanente en España, en muchos casos, era una forma de discriminación estructural».

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