El reparto de una herencia es siempre un momento duro para los herederos por dos motivos. El primero de ellos y el más duro, porque debe llevarse a cabo tras perder a un ser querido. Estos momentos en los que aun no se ha asumido que un familiar se ha ido, son difíciles para afrontar cualquier trámite, más aun, si este concierne a la persona que hemos perdido. Sin embargo, es un proceso que no se debe demorar.
Y esto es parte de la segunda razón por la que es un momento duro. Pues a la tristeza normal de esos momentos, hay que sumar un procedimiento tedioso sobre todo, por el desconocimiento que en torno a él existe. Tener que ponerse en la situación de perder a un familiar, no es un trago agradable. Por este motivo, en muchas ocasiones preferimos vivir en el desconocimiento hasta que la vida nos obliga a hacerle frente.
El problema es que cuando llega ese momento, no sabemos qué hacer. ¿Qué papeles hay que pedir?, ¿hay testamento?, ¿Dónde está?, ¿Cómo se reparte la herencia? Y es que el reparto de la herencia no trata simplemente de reunir los bienes del causante y repartirlos. Esto es un proceso legal con unos tiempos y obligaciones, que los herederos deben cumplir. Por este motivo, lo mejor es acudir a un abogado experto es sucesiones.
No obstante, lo primordial es empezar entendiendo lo básico. Según establece el artículo 659 del Código Civil, «La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte». Por tanto, no se trata solo del reparto de los bienes, pues la herencia concierne mucho más. Tanto es así, que deben repartirse tanto los activos como los pasivos. Esto significa, que pueden heredarse bienes, pero también deudas.
¿Forma el seguro de vida parte de una herencia?
Para responder a esta pregunta, lo primero es determinar qué es el seguro de vida. Las compañías de seguros ofrecen este tipo de servicios que consiste en que a través de un contrato, pacta con una persona una cantidad de dinero que tras su muerte, recibe quien este haya decidido. Es decir, el causante paga durante su vida este seguro para cuando fallezca, otra persona pueda recibir el dinero.
Esto significa, que es una cantidad que no depende ni forma parte del patrimonio del asegurado. Y es que no forma parte de sus posesiones puesto que el causante nunca tuvo acceso a ese dinero. Esto significa, que no forma parte de la herencia de esta persona. E este caso, es la Ley de Contrato del Seguro, es la que cuenta con todos los derechos y obligaciones del asegurado, pero también del asegurador.
Protección hacia una persona por parte del causante
El seguro de vida no forma parte de la herencia. Tanto es así, que quien contrata este servicio, puede hacerlo en beneficio de quien estime oportuno. Esto es un signo claro de que efectivamente, no forma parte de la masa hereditaria. Pues no hay que olvidar, que la ley establece, haya o no testamento, una serie de herederos que denomina forzosos, que deben recibir herencia sí o sí.
Por tanto, cuando una persona sin testamento fallece, su herencia queda en manos de estos herederos forzosos en el orden y forma que el Código Civil determina. Pero es que en el caso de ser una herencia testada, la legítima y el tercio de mejora también se reparte entre dichos herederos forzosos. Esto significa, que el testador solo tiene libertad de dejar a quien quiera, el tercio de libre disposición. Sin embargo, si hace un seguro de vida, los beneficios de dicho seguro irán a quien este libremente haya establecido.