El CERMI insta al Banco de España a investigar a las entidades financieras por excluir a las personas con discapacidad de la hipoteca inversa

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Dinero

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha instado a la Dirección General de Supervisión del Banco de España a investigar a las entidades financieras por excluir a las personas con discapacidad de la hipoteca inversa.

Así lo ha trasladado el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, a partir de una misiva en la que solicita en nombre del Comité que “se compruebe si se está produciendo esta situación de discriminación”, tal y como lo ha detectado la entidad, “para sancionar, si este fuese el caso, a las entidades financieras y que se dicten instrucciones para ofrecer la hipoteca inversa a las personas con discapacidad, informando y respondiendo a sus demandas”.

Según se ha expuesto en el escrito, la hipoteca inversa, que constituye una modalidad de autofinanciación, está regulada por el Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero. Entre los requisitos para solicitarla y resultar beneficiario se encuentra tener una edad igual o superior a los 65 años o ser dependiente, así como el reconocimiento de una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento.

En este sentido, la entidad ha considerado que, al impedir el acceso a este producto, se incumple por ende un derecho regulado por Ley y una discriminación que figura en la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, además de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas del 2006.

Por otro lado, el CERMI también ha pedido al Banco de España que revise su información oficial online porque se elude mencionar, entre las personas beneficiarias de esta hipoteca, a las personas con discapacidad. A criterio de la entidad, es “llamativo” y “sintomático” que solo se centre este contenido en las personas mayores y dependientes.

¿Qué es la hipoteca inversa?

El Banco de España define la hipoteca inversa como un crédito o préstamo garantizado con una hipoteca que recae sobre la vivienda habitual (también sobre otras viviendas, pero, en ese caso, las posibles ventajas o beneficios fiscales serían menores), concedido, de una sola vez o a través de prestaciones periódicas, a una persona que debe ser mayor de una determinada edad —a partir de 65 años— o acreditar un grado de discapacidad (igual o superior el 33 %) o dependencia (dependencia severa o gran dependencia), no siendo exigible su devolución hasta el momento de su fallecimiento. Al revés que en una hipoteca normal, la deuda no va disminuyendo con el tiempo, sino aumentando hasta que un tercero —los herederos del inmueble— opta por asumirla como propia, en caso de interesarle mantener la propiedad del inmueble.

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