El 19 de julio se cierra el plazo de inscripción para poder optar a los viajes del Plan de Turismo Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) de la temporada 2022-2023. Una campaña que es esperada porque va a recuperase esa «normalidad» del turismo de personas mayores. Y es que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, liderada por Ione Belarra, sigue adelantando novedades.
El pasado mes de junio se cerró la temporada 2022, en la que volvieron los viajes tras dos años en el dique seco. A pesar de todos los inconvenientes provocados por el Covid-19, desde el IMSERSO han realizado un balance positivo de la temporada.
De cara a la nueva campaña, de momento se han mantenido los precios del pasado año, aunque esto ha levantado polémica. De hecho, en la web del IMSERSO se titula como «previsión» de precios, por lo que todavía no es definitivo. Y es que muchos hosteleros critican la congelación de los precios, indicando que «es inviable ejecutar ese programa con esas tarifas», de 23 euros por persona la noche; cuando, según ellos, eso debería de estar en una horquilla entre 32 o 38 euros.
Requisitos de los viajes del IMSERSO para 2022-2023
Los requisitos del Programa de Turismo del IMSERSO se recogen en la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre y la Resolución de 17 de junio de 2021 del Instituto de Mayores y Servicios Sociales por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar.
En este sentido, los requisitos para optar a los viajes del IMSERSO en 2022-2023 serán los siguientes:
- Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del IMSERSO, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
- Pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
- Titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
- Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa del IMSERSO. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica; Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo; Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza; podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España. Se podrán beneficiar siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Edad mínima para optar a los viajes del IMSERSO
Otro requisito tiene que ver con la edad. Y es que para poder optar a los viajes del IMSERSO la persona debe de haber cumplido 60 años. Aunque hay excepciones. Por ejemplo, los viajeros podrán ir acompañados por su cónyuge o, en su caso, por su pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con una relación de afectividad conyugal, sin necesidad de que estos cumplan los requisitos de edad o pensión.
Desde el IMSERSO señalan que podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación, o por lo contrario, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual.
Eso sí, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto sus hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las tareas básicas de la vida diaria.