La prestación de incapacidad temporal es un tipo de prestación económica que recibe el trabajador cuando se encuentra de baja laboral. Así, una incapacidad temporal puede derivar de accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente no laboral o enfermedad común.
Cuando un trabajador se encuentra de baja laboral, es debido a que le es imposible trabajar a causa de la lesión o enfermedad. Por norma general, se trata de una situación temporal y a corto plazo. En principio, tras el tratamiento médico, el trabajador debe poder reincorporarse a su puesto de trabajo con normalidad.
Sin embargo, también es posible que una baja laboral por incapacidad temporal derive en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Duración de la incapacidad temporal en España
La duración de una baja laboral por incapacidad temporal dependerá de diversos factores. Principalmente, dependerá de la lesión o enfermedad que presente el trabajador, así como el periodo de recuperación que necesite para volver a la normalidad.
En este sentido, existen diferentes períodos de duración que se deben tener en cuenta respecto a una baja laboral por incapacidad temporal. Así, la baja laboral por incapacidad temporal puede llegar a alcanzar una duración máxima de dos años.
Por lo general, la duración máxima de una baja laboral por incapacidad temporal es de 12 meses. Cumplir un año es un momento clave en el proceso de incapacidad temporal.
Si al cumplir un año de baja laboral no recibes el alta médica, el periodo de baja se prorrogará automáticamente por seis meses más. Es decir, se considera que el trabajador aún necesita un tiempo para que su recuperación sea completa.
Los expertos de ‘CampmayAbogados’ recuerdan que «pueden solicitar la incapacidad temporal cualquier trabajador, incluso los autónomos, que estén de alta o asimilada al alta (en el paro, paternidad, maternidad…)».
18 meses y 24 meses de baja laboral
Tras cumplir 12 meses de baja laboral, se establece una prórroga de 6 meses más, tal y como hemos comentado anteriormente. Si un trabajador alcanza 18 meses en situación de baja laboral por incapacidad temporal, la Seguridad Social está obligada a abrir un expediente de incapacidad permanente.
Una vez abierto el expediente de incapacidad permanente, pueden darse tres situaciones diferentes:
- Reconocimiento de la incapacidad permanente.
- Que el Instituto Nacional de la Seguridad Social deniegue la incapacidad permanente o de el alta al trabajador.
- Obtener una prórroga adicional de seis meses.
La prórroga adicional de seis meses se concede en caso de que la Seguridad Social entienda que es necesario para la recuperación del trabajador. De este modo, es posible alcanzar hasta 24 meses de baja laboral por incapacidad temporal, conociéndose esta última prórroga como demora de calificación.
Al respecto, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ señalan que «este último supuesto tiene un carácter sumamente extraordinario, y solo se suele dar cuándo se prevé que puede haber una recuperación en poco tiempo. En la práctica, la demora de calificación de los 18 a los 24 meses solo se otorga cuando la persona acaba de someterse a una intervención quirúrgica y está convaleciente».
Por lo general, la duración máxima de una incapacidad temporal en España suele alcanzar los 18 meses. Sin embargo, la Seguridad Social también puede ofrecer una demora de calificación, que puede alargar la baja laboral hasta los 24 meses.