El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica destinada a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social entre los ciudadanos y ciudadanas españoles. Se trata de una ayuda aprobada en mayo de 2020 y que aún sigue disponible para la población.
Para acceder al Ingreso Mínimo Vital es necesario reunir una serie de requisitos específicos, como por ejemplo carencia de rentas o estar en situación de desempleo. Del mismo modo, es una prestación dirigida tanto a personas que viven solas como a una unidad de convivencia.
En definitiva, se trata de una prestación económica que tiene como objetivo primero garantizar un nivel mínimo de renta a aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Documentos necesarios para obtener el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar a través del formulario facilitado por la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Así, antes de acceder a dicho formulario, el sistema pedirá una serie de datos personales y fotografías del documento de identificación.
Además, para realizar de forma adecuada el proceso de solicitud, se debe aportar la documentación que en cada caso requiera la Seguridad Social. Primeramente, será necesario presentar una imagen o documento con el DNI de la persona solicitante, por ambas caras.
Además, junto a la solicitud para recibir el Ingreso Mínimo vital tendrá que estar acompañado de un documento en el que se acredite la voluntad de la persona beneficiara a solicitar la prestación mediante un escrito firmado por el mismo y todos los integrantes de la unidad de convivencia, indicando bajo la firma el nombre y apellidos de cada uno de ellos.
En caso de no disponer de una impresora o escáner, con enviar una fotografía del documento con letra clara y legible, será necesario.
Documentación específica
En otros casos, el proceso de solicitud del Ingreso Mínimo Vital puede conllevar la presentación de una serie de documentos específicos, que es necesario conocer.
- Documento de identificación: En el caso de personas españolas, presentar el DNI. Si se trata de personas extranjeras, Número de Identificación de Extranjero (NIE). Dependiendo del país en cuestión, la Seguridad Social podría requerir otro tipo de documentos.
- Certificado de la Dirección General de la policía que acredite el periodo de residencia legal en España.
- Certificado de empadronamiento histórico.
- Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos, expedido por el Registro Civil Correspondiente.
- Declaración responsable de ingresos y patrimonio.
- Resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento.
- Sentencia de incapacitación judicial.
Estos son algunos documentos específicos que puede reclamar la Seguridad Social en determinadas situaciones que considere oportuna. Además, también existen supuestos concretos que requieren el aporte de otros documentos excepcionales.
Nos referimos a supuestos de separación judicial o divorcio; separación de hechos o que la separación se encuentre en trámite; parejas de hecho en las que no exista convivencia entre ellos; situación de violencia de género; víctima de trata de seres humanos y explotación sexual; menor emancipado; ingreso en prisión o centro hospitalario y riesgo de exclusión social.