Desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 31 de marzo de 2023 se puede solicitar en España el nuevo cheque de 200 euros habilitado por el Gobierno de España. La solicitud de esta ayuda se debe realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Algunos ayuntamientos de España y organizaciones han habilitado espacios con ordenadores para ayudar a diferentes ciudadanos para solicitar el nuevo cheque de 200 euros, debido a que únicamente se puede solicitar de forma telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria realizará el pago a los ciudadanos con derecho al cheque en un pago único de 200 euros. Dicho ingreso tendrá lugar a través del número de cuenta facilitado por el ciudadano en el formulario de solicitud.
Documentos de solicitud del cheque de 200 euros
De cara a realizar la solicitud del cheque de 200 euros, muchos ciudadanos se preguntan qué documentos deben presentar junto al formulario de solicitud, especialmente, en relación al cumplimiento de requisitos de límite de ingresos y patrimonio.
Sin embargo, desde la Agencia Tributaria explican que no es necesario presentar ningún tipo de documento. Al respecto, informan que «la Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda».
En caso de marcar la casilla ‘No presto mi consentimiento para la consulta de los Registros de parejas de hecho‘, es posible que el ciudadano sí deba aportar documentación complementaria en la solicitud del nuevo cheque de 200 euros.
Así, la documentación justificativa se debe aportar en el apartado ‘Aportar documentación complementaria‘, que se recoge en el formulario de solicitud de la Agencia Tributaria.
Requisitos de acceso
Para tener derecho a cobrar el nuevo cheque de 200 euros es obligatorio tener ingresos inferiores a 27.000 euros en 2022 y un patrimonio no superior a 75.000 euros a 31 de diciembre de 2022, sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. También es necesario tener residencia habitual en España.
Desde la Agencia Tributaria comunican que «para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa».
No podrán solicitar el cheque de 200 euros las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o personas que perciban una pensión no contributiva o pensión contributiva. Así lo recoge la normativa de la Agencia Tributaria, que determina que esta ayuda está destinada a trabajadores por cuenta ajena, trabajadores autónomos y personas desempleadas que cumplan los requisitos.
Desde la Agencia Tributaria disponen de tres meses desde el último día de plazo de solicitud para presentar una resolución de cada solicitud del cheque de 200 euros. Así, esta ayuda se puede destinar a cualquier compra que la persona beneficiaria considere necesaria y no obligatoriamente a la adquisición de alimentos.