Documentos claves y cómo solicitar la incapacidad permanente absoluta en 2024

Explicamos los aspectos más importantes para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta en España

Documentos claves para solicitar la incapacidad permanente absoluta./ Licencia Adobe Stock

Para solicitar una incapacidad permanente absoluta en España, es necesario cumplir una serie de requisitos. Así, también es obligatorio adjuntar ciertos documentos básicos exigidos por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el correspondiente procedimiento.

El reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta considera que el trabajador se encuentra inhabilitado para el desarrollo de cualquier profesión u oficio. En este sentido, implica la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador.

Solicitud de la incapacidad permanente absoluta

La solicitud de incapacidad permanente se debe realizar, primeramente, por la vía administrativa a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Esta solicitud se puede llevar a cabo de forma presencial u online.

Documentos claves para solicitar la incapacidad permanente absoluta
Documentos claves para solicitar la incapacidad permanente absoluta./ Licencia Adobe Stock

Para realizar la solicitud de manera online, el usuario tendrá que acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Posteriormente, tendrá que marcar la sección ‘Ciudadanos’ y, seguidamente, el apartado ‘Pensiones’. En la siguiente página el usuario debe seleccionar ‘Prestación de incapacidad permanente nacional’.

«A continuación, pulsa en el signo + y clicar el botón de Obtener acceso, en color naranja. Tras ello, el sistema te conducirá a la pantalla de identificación, y podrás elegir entre Cl@ve permanente, DNI electrónico o certificado digital. De este modo llegarás al formulario de registro, donde te pedirán que rellenes las casillas de datos de contacto y provincia. También tienes un espacio para anotar las observaciones que desees», según informan los expertos de ‘CampmanyAbogados’.

También es posible completar la solicitud de incapacidad permanente absoluta en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. Para ello, es preciso obtener cita previa.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dispone de 135 días hábiles para ofrecer una resolución sobre la solicitud de incapacidad permanente absoluta. Si superado ese plazo no se recibe ninguna notificación, la solicitud se considera como denegada por silencio administrativo.

Ante una resolución negativa, el usuario tiene la posibilidad de establecer una Reclamación Previa contra el INSS. Además, como última opción, también es posible acudir a la vía judicial para solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, previa demanda contra la Seguridad Social.

Documentos de solicitud de incapacidad permanente absoluta

A la hora de presentar una solicitud de incapacidad permanente absoluta, más allá del correspondiente formulario de solicitud, también es necesario adjuntar los siguientes documentos:

  1. DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero o pasaporte.
  2. Parte administrativo y certificado de empresa de los salarios reales del año anterior, siempre que la incapacidad permanente derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  3. Informes médicos. Estos informes médicos son claves a la hora de obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente.

Por otra parte, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ informan que «si en un cálculo previo de tu posible pensión ves que no alcanzas la pensión mínima que garantiza el Estado, adjunta tu libro de familia, un acta del Registro civil o un certificado donde quede constancia de la relación con tu cónyuge, si lo hubiera».

Para solicitar una incapacidad permanente absoluta, es necesario no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación vigente. Además, el trabajador debe encontrarse en situación de alta o asimilada de alta en el momento del hecho causante.

Si la incapacidad permanente absoluta deriva de accidente de trabajo, accidente no laboral o enfermedad profesional, no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización. En cambio, si deriva de enfermedad común, sí es necesario cumplir con ciertos requisitos de cotización, en función de la edad del trabajador.

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