El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones que ofrece, dentro de su catálogo, el Servicio Público de Empleo Estatal, conocido como SEPE. Este es el organismo que se encarga de la gestión de los subsidios destinados a las personas que se encuentra en situación de desempleo. El objetivo de estas prestaciones pasa por ayudar económicamente a las personas que tiene problemas financieros y se encuentran desempleados.
Si tienes 52 años o más y has agotado la prestación o subsidio por desempleo, tienes la posibilidad de solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años.
En este artículo nos vamos en cuales son los documentos necesarios que exige el SEPE para poder solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
Documentación necesaria subsidio para mayores de 52 años
Desde el SEPE señalan que se debe de presentar una documentación necesaria para obtener el subsidio para mayores de 52 años. Entre dicha documentación encontramos la siguiente:
- Modelo oficial de solicitud.
- Documento de identificación de la persona solicitante, para comprobar los datos bastará con mostrar uno de los siguientes documentos que debe estar en vigor:
- Españoles y españolas: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Extranjeras y extranjeros residentes en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjeros/as (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
- Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que usted sea titular y donde desee percibir la prestación.
- Solamente si el Servicio Público de Empleo Estatal lo solicita, el justificante de rentas.
Además, la persona que quiera mantener el derecho al subsidio, deberá de justificar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas propias. Para ello, debe presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una declaración de sus rentas cada doce meses, a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en que lo reanudó por última vez. El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses.
En caso de que no presente esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. Si presenta la declaración fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que entregue dicha declaración.
Las personas trabajadoras que perciban el subsidio de mayores de 52 años podrán firmar un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa el Servicio Público de Empleo Estatal.
Cuantía y duración del subsidio para mayores de 52 años del SEPE
Desde el SEPE señalan que la cuantía mensual del subsidio por desempleo para mayores de 52 años es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples, conocido como IPREM. Esta ayuda
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.