El futuro de las pensiones en España no es muy alentador. El país se encuentra con un verdadero problema en este aspecto, ya que el envejecimiento de la población está haciendo que haya muy pocos jóvenes y mucha gente mayor, lo que dificulta la viabilidad del sostenimiento del sistema público de pensiones.
Es por ello, que desde hace unos años, el Gobierno se encuentra intentando fomentar e incentivar los planes privados de pensiones debido a la acumulación e inviabilidad que podría darse en un futuro no muy lejano.
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social, más conocido como la hucha de las pensiones, llegó a contar en 2011 con unos 67.000 millones de euros, pero el año pasado lo cerró con apenas 1.350 millones. Unos datos desoladores que hacen que los planes privados se deban tener en cuenta para salvar las pensiones en España.
¿Qué función cumple cada plan de pensiones?
Pese a que para muchas personas pueda ser lo mismo, no lo es en absoluto. Estos dos planes presentan diferencias en la forma en la que se realizan las aportaciones, en como sacar el dinero, la rentabilidad e incluso tienen diferentes implicaciones tributarias cada uno.
Los planes de pensiones son un producto financiero, es decir, una herramienta de ahorro a largo plazo que implica realizar aportaciones periódicas de dinero. Este dinero que vamos sumando, se integra a un fondo de pensiones y nuestro banco se hace cargo de él y lo invierte en busca de rentabilidad.
Por su parte, los planes privados de jubilación, no es un producto financiero sino una póliza. Este reúne las características de cualquier otro seguro, aunque en este caso está destinado a conformar un ahorro para el momento del retiro.
¿Cómo se aporta y cómo se saca el dinero?
En cuanto a los planes de pensiones, las aportaciones se realizan de forma voluntaria, sin la necesidad de aportar todos los meses una misma cantidad. Esto es una de sus principales ventajas, ya que en caso de no tener dinero algún mes para seguir aportando, esto se puede suspender temporalmente sin que esto implique un grave problema. En cambio, en los planes de jubilación se paga una prima fija de forma periódica.
Por su parte, ecuanto al rescate del dinero si encontramos muchas más diferencias. En los planes de jubilación, la suma de lo apartado se puede sacar en cualquier momento que se solicite. A lo sumo, si incumple los plazos para el pedido o con alguna otra cláusula, deberá pagar una comisión por el rescate.
Por su parte, quienes contratan un plan de pensiones si lo tienen algo más complicado. En este sentido, no se puede rescatar antes de la llegada de la edad de jubilación, salvo ciertas excepciones.
Algunas de estas excepciones son:
- Incapacidad permanente total y gran invalidez del partícipe
- En caso de que la persona contribuyente fallezca
Asimismo, es posible recuperar el dinero en caso de encontrarnos en una situación de desempleo de larga duración (más de doce meses parados y sin recibir una pensión contributiva).
La rentabilidad, otra de las claves importantes de estos planes
En los planes de pensiones, se recomiendan contratar unos u otros dependiendo de la edad. Podemos elegir entre un plan de renta variable, uno de renta fija o uno mixto.
Antes de los 45 años se recomienda asumir riesgos, ya que las posibilidades de ganar son altas y si se pierde hay tiempo para recuperarse, por lo que podemos optar por un plan de renta variable. Entre los 45 y 55, un plan mixto es lo más recomendable. Ya a partir de los 55, cuando queda menos tiempo por delante, la renta fija es la decisión más sabia para no asumir riesgos.
Por otro lado, en los planes de jubilación son más estables y conservadores. En estos la rentabilidad en promedio es más baja, pero también más segura. Además, se conoce de antemano la rentabilidad mínima del plan, la cual puede complementarse con una participación en los beneficios.
Implicaciones tributarias de cada plan de pensiones
En cuanto a los impuestos, las diferencias tampoco son un asunto menor. En este aspecto, la administración intenta incentivar los planes de pensiones haciendo que las aportaciones sean deducibles en la declaración de la renta, hasta un máximo de 8.000 euros o hasta un 30 o un 50% de la base imponible.
Debemos tener en cuenta que la tributación no se elimina sino que se difiere. Esto es la consecuencia de lo que se evita pagar año a año y hay que pagarlo todo junto al momento para poder recuperar dicho dinero: Hacienda lo considera rendimiento del trabajo, y por lo tanto exige el pago del correspondiente IRPF, tanto por el dinero ahorrado como por los intereses generados.
En los planes privados de jubilación no es posible desgravar en la declaración de la renta, pero a la hora de recuperar el dinero solo se exigen pagar al fisco por los intereses generados y no pro el capital que se logró ahorrar.