Cuántos días tengo que cotizar para poder cobrar la prestación por desempleo

La prestación por desempleo está concebida para ayudar a todas aquellas personas que se encuentran sin trabajo y por tanto, sin un salario digno

El autodespido es una forma de no perder el derecho al paro

El desempleo sigue siendo una lacra en nuestro país. Pues según los últimos datos facilitados por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), el número de parados en España asciende ya a los 3 millones de personas. Un número que nos sitúa en los primeros puestos de Europa en cuanto a personas que se encuentran en busca de empleo y por consiguiente, de un salario digno con el que poder desarrollar su vida.

Es por ello, que tanto la Seguridad Social como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tienen recogidas prestaciones económicas que ayuden a que estas personas puedan subsistir y avanzar, mientras encuentran otro empleo. En este sentido, dependiendo del tiempo que el trabajador haya cotizado, tendrá derecho a la prestación contributiva por desempleo o paro, o a una prestación no contributiva o subsidio por desempleo.

Días que tiene que cotizar una persona para cobrar la prestación por desempleo

El desempleo es esa situación en la que una persona se encuentra sin oportunidad para desarrollar una actividad laboral, y por tanto, no tiene acceso a un sueldo. Esta situación afecta no solo a la economía familiar de los afectados, sino a toda la economía del país. Pues si no hay trabajo, los ciudadanos no pueden prosperar y se produce un efecto ‘dominó’, que puede dejar a muchas personas en riesgo de pobreza y exclusión social.

Debes cotizar la menos durante 360 días para recibir la prestación contributiva por desempleo
Debes cotizar la menos durante 360 días para recibir la prestación contributiva por desempleo

Con el objetivo de evitar esta situación y servir como ayuda para salir adelante, el Gobierno contempla una serie de prestaciones que se cobran, en función del tiempo que se haya cotizado a la Seguridad Social. En el caso de la prestación contributiva por desempleo, también conocida como paro, la normativa establece que el desempleado debe haber cotizado al menos durante 360 días a la Seguridad Social. Es decir, un año de trabajo, que equivale a cuatro meses de prestación.

Pero, ¿Qué ocurre si no se alcanza ese mínimo? El miedo de muchas personas, es no poder sobreponerse a quedarse sin empleo, sin haber completado al menos 360 días de trabajo. Es por ello, que en España también se contemplan una serie de subsidios por desempleo que garantizan un importe de 480 euros al mes, a las personas que hayan cotizado a la Seguridad Social, durante al menos 180 días. No obstante, el tiempo y la cantidad que se cobra por esta ayuda, dependen de factores como el tiempo exacto cotizado y la situación familiar.

Cobrar el paro habiendo trabajado más de un año

Desde la web oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), establecen el paro es una prestación contributiva cuyo fin es proteger «la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %, por el procedimiento del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en virtud de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal».

Pero, ¿De qué organismos dependen estas prestaciones? En cuanto a la la gestión y control de las prestaciones por desempleo, es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el Organismo Autónomo que se encarga. Por su parte, también existe el Instituto Social de la Marina, que es quien realiza la gestión de las prestaciones por desempleo correspondientes a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

No obstante, las prestaciones contributivas no se conceden en España solo por estar en situación de desempleo y haber cotizado una serie de días a la Seguridad Social. Además, la prestación contributiva incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

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