La Dirección General de Tráfico (DGT), es el organismo que se encarga, además de todo lo relacionado con la seguridad en carreteras, de gestionar los requisitos que debe cumplir una persona para poder conducir. Una responsabilidad importante puesto que establecen las bases para determinar quien y en qué condiciones, puede una persona conducir.
Tener acceso al carnet de conducir es fundamental para la persona que lo tiene. En primer lugar, por la independencia y libertad que ofrece a la persona. Pues de lo contrario, lo habitual es tener que depender de terceros para poder moverse. Pero además, para muchas personas en pieza clave para poder trabajar. Pues son muchos los empleos en los que te requieren este requisito por ser fundamental. Por tanto, es también un plus a la hora de buscar trabajo.
Por estos motivos, en España una persona puede acceder al carnet de conducir una vez cumple los 18 años. Es cumplir la mayoría de edad, y acceder a tener la opción de examinarse para obtener esta licencia. Tras ello, en el caso del permiso tipo B, de coche, que es el más habitual, se renueva periódicamente cada 10 años hasta que la persona cumple los 65 años. A partir de esta edad, la renovación se acorta a los 5 años.
Sin embargo, surge la interrogante: ¿En qué momento pueden retirarme mi licencia de conducir? Siguiendo las directrices de la DGT, no se establece una edad específica en la cual una persona deba cesar su actividad como conductor. No obstante, esta cuestión es altamente subjetiva, ya que no todos pueden mantener su permiso de conducir hasta el final de sus días. Entonces, ¿cuál es el punto de referencia?
El límite de la DGT para conducir
Si nos ceñimos a la normativa actual de la DGT, no existe una edad máxima establecida a partir de la cual, a una persona le retiren el carnet de conducir. Sin embargo, la legislación de tráfico actual establece que a partir de los 65 años, las renovaciones del carnet de conducir se hagan cada 5 años. Esto implica un periodo de vigencia menor y por tanto, una prueba cada menos tiempo en la que la persona se puede quedar sin carnet.
Cabe recordar, que el carnet de conducir se renueva si se superan unos requisitos. Es decir, no es un trámite al uso como podría ser el DNI, sino que la entidad debe cerciorarse de la el conductor sigue contando con todas sus capacidades a la altura de lo que esta actividad requiere para que sea seguro. Por este motivo, se establece que se supere un reconocimiento médico, en el que se mide si se tienen las aptitudes psicofísicas requeridas.
Datos al respecto del organismo de tráfico
A pesar de que la DGT no establece una edad idónea a la que obligatoriamente hay que dejar de conducir, una publicación en su revista arroja datos interesantes sobre este tema. De este modo, los datos dicen que de los 27 millones de conductores que hay en España, el 15,5 por ciento, son personas mayores de 65 años. Esto son, 4,1 millones de personas.
En este sentido, según los últimos datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT «de las 1.270 víctimas de siniestros viales producidos en vías interurbanas en 2022, 282 eran mayores de 65 años. En las vías urbanas los resultados no fueron mejores, de los 476 fallecidos, 185 también eran mayores de esa edad, lo que supone un 39 por ciento del total, el grupo de víctimas más numeroso».
Esto significa, que a medida que una persona va cumpliendo años, los reflejos disminuyen. Por tanto, el deterioro físico y psíquico de la persona, sí interfiere a la hora de conducir. Por este motivo, todos los conductores deben apelar a la responsabilidad para determinar en qué momento deben dejar su vehículo aparcado. De lo contrario, el único mecanismo para controlar esta circunstancias, son los reconocimientos médicos para renovar el carnet.
Requisitos para renovar el carnet de conducir en personas mayores
Las pruebas para renovar el carnet de conducir en personas mayores pueden variar según la jurisdicción y la normativa local. En muchos lugares, no hay requisitos específicos basados únicamente en la edad, pero se pueden aplicar evaluaciones médicas y exámenes de aptitud para garantizar que los conductores mayores mantengan la capacidad necesaria para conducir de manera segura.
Algunos de los elementos comunes que podrían incluirse en estas pruebas son:
Examen médico:
- Revisión de la salud general.
- Evaluación de la vista y la audición.
- Comprobación de condiciones médicas que podrían afectar la capacidad para conducir.
Examen de conocimientos teóricos
- Actualización sobre las normas de tráfico y señales.
- Conocimientos sobre las leyes y regulaciones actuales.
Examen práctico:
- Evaluación de habilidades de conducción en situaciones variadas.
- Comprobación de la capacidad para realizar maniobras básicas.
Renovación periódica:
- En algunos lugares puede ser necesario renovar el carnet de conducir de manera periódica, y este proceso podría incluir evaluaciones adicionales.
Es importante tener en cuenta que las regulaciones pueden variar, y es recomendable verificar las leyes locales y las políticas de renovación del carnet de conducir específicas para obtener información precisa sobre las pruebas que deben realizar las personas mayores.
¿Cuánto cuestan las tasas de la DGT para renovar el carnet de conducir en 2024?
La renovación del carnet de conducir es un requisito obligatorio para todos los conductores, según la Dirección General de Tráfico (DGT). Este trámite debe llevarse a cabo antes de que expire el permiso, ya que circular con un carnet vencido conlleva consecuencias.
Además de la sanción económica considerable, algunas compañías de seguros pueden negarse a cubrir los gastos de reparación en caso de accidentes, así como los gastos médicos y posibles indemnizaciones.
La tarifa estándar para la renovación del carnet de conducir es de 24,58 euros. Sin embargo, el reconocimiento médico y el examen psicotécnico también tienen un coste adicional, que varía entre los 20 y los 60 euros. Estos procedimientos deben llevarse a cabo exclusivamente en Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados por Tráfico.
Una vez obtenidos los informes médico y psicotécnico, es necesario presentarlos ante la DGT, ya sea de forma presencial en una Jefatura de Tráfico o a través de Internet.