Seguro que has oído hablar de que la Dirección General de Tráfico (DGT), ha puesto en marcha un nuevo reglamento para este año. En él, se regulan aspectos muy diversos. Entre los más destacables, sabemos que han cambiado algunas señales de tráfico para cubrir nuevas necesidades y renovar algunas antiguas. Además, han endurecido las medidas sobre el uso del teléfono móvil al volante. Un cambio más que necesario debido a la peligrosa tendencia de usar este dispositivo al volante.
De este modo, la DGT ha renovado la normativa para ajustarla de mejor manera a la situación actual. Dentro de este objetivo, el organismo de tráfico ha introducido nuevas sanciones en vigor desde la entrada de 2023. No obstante, el objetivo de la entidad sigue siendo velar por la seguridad de todos los usuarios de la red de carreteras españolas y facilitar el buen funcionamiento de la misma. Una tarea que necesita de una constante revisión y actualización.
Dentro de este objetivo, una de las novedades de la DGT son las llamadas ZBE. Esto es, Zonas de Bajas Emisiones que se han establecido en las ciudades con más de 50.000 habitantes, las islas y las poblaciones de más de 20.000 habitantes con incumplimientos en materia de calidad de aire. Con el objetivo de velar por el medioambiente y evitar una sobre carga de emisiones, se ha restringido el acceso a estas zonas a los coches más contaminantes.
El nuevo elemento que la DGT te obliga a llevar en el coche.
Se trata de una etiqueta medioambiental de la DGT. Cabe señalar, que el control de estas Zonas de Bajas Emisiones se ha pasado a los ayuntamientos. Esto quiere decir, que serán estos los encargados de controlar los accesos mediante cámaras ya agentes que vigilen y multen si detectan un vehículo sin esta distinción o con ella errónea. Si quieres saber las categorías de etiquetas medioambientales que la DGT ha establecido y que debes llevar en tu vehículo para evitar así ser multado, a continuación te las detallamos:
Etiqueta ECO
Con esta etiqueta, la DGT quiere distinguir a los vehículos electrificados y de combustibles alternativos. Es decir, a aquellos automóviles híbridos, tanto en su versión suave de 48 voltios como en la tradicional o en la enchufable. Además, los vehículos que vengan de fábrica con sistemas GLP y GNC, también contarán con este distintivo.
Cero emisiones: la estrella de la DGT
Si tu coche es distinguido con esta etiqueta, estás de suerte, porque podrás olvidarte de restricciones en materia de contaminación. En este apartado se encuentran los vehículos eléctricos puros, los de autonomía extendida y los híbridos enchufables. Es decir, los movidos por energía eléctrica. No obstante, los coches que reciban su energía de una pila de combustible, como el hidrógeno, también pueden llevar este distintivo privilegiado.
Etiqueta C y B
Etiqueta C: Es la mayor catalogación que puede recibir un vehículo de combustión. En este caso, hace referencia a los gasolina homologados a partir del año 2006 y los diésel que lo hicieron de 2014 en adelante. De este modo, son los gasolina cumplidores con la normativa Euro 4 y los Diesel con Euro 6 en adelante.
Etiqueta B: Los vehículos con esta distinción, sufrirán más restricciones a la hora de acceder a determinadas zonas. En este cupo, se encuentran todos aquellos coches de gasolina homologados entre el año 2000 y el 31 de diciembre de 2005 reciben la etiqueta B. En cuanto a diésel, cuentan en esta categoría los que pasaron su homologación entre el 2006 y el 31 de diciembre de 2013.
Vehículos sin etiqueta
La DGT advierte que hay coches que por sus características, no podrán obtener ninguna etiqueta. Esto significa que no podrán circular por las ZBE. En este cupo se encuentran, los automóviles gasolina homologados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006 no pueden obtener la pegatina medioambiental.