Cada vez que renovamos el carnet de conducir pensamos en cuándo será la próxima fecha en la que tendremos que volver a revisarlo. Así, llega cierta edad en las personas mayores en la que podemos pensar que los años de renovación del carnet deben reducirse ya que vamos perdiendo facultades.
Así, la DGT limita a 10 años el período en el que tenemos que volver a renovar el carnet de conducir a lo largo de los años que se nos permita conducir.
Eso sí, debemos recordar que no todo el mundo tiene el mismo período de renovación permitido. Ya que esto va a depender de diversos factores que debemos tener en cuenta para evita problemas con la DGT.
Ahora bien, ¿qué pasa cuándo hemos cumplido los 60 años con nuestro carnet de conducir?. ¿Debemos renovarlo en un tiempo menor de 10 años debido a que nuestras facultades han disminuido?.
Las personas mayores de 65 años deberán renovar el carnet cada 5 años
Cuando conseguimos aprobar el carnet de conducir, lo primero que tenemos que tener en cuenta es el período de tiempo en el que este es válido y la fecha en la que debemos renovarlo.
Para ello, la DGT pone en 10 años el período de validez del carnet. Es decir, las personas que tengan el carnet de conducir y sean menores de 65 años lo tendrán que renovar en ese período de tiempo.
Por esta razón, es necesario saber que en el caso de las personas mayores que tengan más de 65 años, deberán esperar para renovar el carnet de conducir cada 5 años. Y es que es en esta edad en la que cambia el período de tiempo de renovación.
Así, cuando cumplimos los 70, este período se acorta hasta los 2 años. Es decir, una persona mayor de 70 años tenga la edad que tenga deberá renovar su carnet de conducir cada 2 años a partir de que los cumpla.
Y es que sin duda las mejoras en la sanidad y el avance en la maquinaria de los coches han hecho que cada vez sea más común ver a personas de más de 80 años conduciendo un turismo. Por ello, la DGT ha querido endurecer las medidas con el objetivo de aumentar la seguridad vial.
A partir de los 65 se deben realizar pruebas de aptitud visual, reflejos o capacidad de audio
La Dirección General de Tráfico (DGT) con el objetivo de incrementar la seguridad vial y disminuir el número de muertes en carretera, ha aprobado nuevas medidas que afectan sobre todo a los conductores mayores de 65 años.
Así, la subdirectora de Educación y Formación Vial de la Dirección General de Tráfico (DGT), María José Aparicio, ha admitido que «el 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años».
«Un dato que se repite en todos los países y que alcanza el 50% cuando hablamos de fallecidos peatones o ciclistas. En España en 2019, el 28% de los fallecidos en accidente de tráfico eran mayores de 65 años. Estas cifras se van a agravar, si no hacemos nada, por el envejecimiento de la población», finaliza.
Entre las pruebas que se deben pasar una vez que se han cumplido los 65 años están las pruebas de aptitud visual, reflejos, capacidad de audio, entre otras.
Las personas mayores de 65 años no necesitan cita previa
Desde la DGT señalan que las personas de 65 años en adelante pueden ser atendidos sin cita previa. Es decir, si tienes 65 años o más, puedes acudir a cualquier hora a tu oficina más cercana.
De esta forma, podrás realizar tu trámite de manera presencial sin necesidad de solicitar cita previa. Para ello, se debe de tener en cuenta que el trámite que vaya a realizar cada persona tiene que ser para ella, no se puede ir a realizar un trámite en nombre de otra persona.
Así que las personas mayores de 65 años o más pueden acudir a la oficina, en cualquier momento dentro del horario de atención al público y el personal te atenderá y explicará cómo hacer las diferentes gestiones.