La vista es uno de los aspectos claves a la hora de conducir cualquier vehículo en España. Por ello, muchos conductores en España necesitan utilizar gafas o lentillas para conducir, quedando reflejado así en su carnet de conducir. No utilizar gafas homologadas puede implicar la imposición de una multa por parte de la DGT (Dirección General de Tráfico).
El conductor tiene la obligación de cumplir con lo que la DGT recoge de manera específica tras realizar la inspección de su estado psicofísico. Este estado se refleja al obtener o renovar el carnet de conducir.
Gafas de vista que están prohibidas por la DGT
Las personas con problemas de visión deben utilizar gafas y lentillas para conducir. En este sentido, las gafas o lentillas deben contar con la homologación correspondiente. De este modo, se reduce el riesgo en carretera para el propio conductor y para el resto de usuarios.
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En este contexto, el abogado Xavi Abat informa que «la Dirección General de Tráfico (DGT) puede imponer una sanción de 200 euros a personas que utilicen determinados tipos de gafas de vista para conducir. Hablamos de gafas de farmacia o gafas ‘de los chinos’ que aumentan la graduación en uno, uno y medio o dos, para tener una mejor lectura».
Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) advierten a los ciudadanos en España que este tipo de gafas no son aptas para conducir. Es más, puede conllevar la imposición de una multa de 200 euros.
Se trata de una sanción económica que puede ser desconocida para muchas personas en España. Sin embargo, consiste en una norma básica de conducción establecida por la propia DGT.
Al respecto, desde el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas argumentan que «más del 80 % de la información que se necesita durante la conducción llega a través de la vista. El conductor debe atender a múltiples estímulos visuales a la vez. El campo de percepción se amplía y se reducen los tiempos de reacción para evitar los siniestros. Son razones más que suficientes para entender que las gafas y las lentillas al conducir no son un capricho de la DGT«.
¿Con qué gafas de sol se pueden conducir?
El uso de gafas de sol también se encuentra regulado por la DGT. En este sentido, la Dirección General de Tráfico también establece una multa de 200 euros para aquellas personas que utilicen unas gafas de sol no adecuadas para conducir.
Así, encontramos tres tipos de gafas de sol que suelen utilizar los ciudadanos para protegerse de los rayos solares habitualmente:
- Gafas de sol tintadas: El recubrimiento de estas gafas refleja la luz del sol.
- Gafas de sol polarizadas: Este tipo de gafas eliminan los reflejos, ya que ofrece una gran nitidez de visión.
- Gafas de sol fotocromáticas: Cambian dependiendo de la luz que haya en el exterior, oscureciéndose o aclarándose.
En concreto, la DGT prohíbe conducir con gafas de sol fotocromáticas, bajo sanción de 200 euros. Debido a sus características, pueden suponer un riesgo para la seguridad vial.
Tal y como hemos comentado, las gafas de sol fotocromáticas cambian dependiendo de la luz. Sin embargo, este cambio puede tardar unos segundos. Por ejemplo, cuando un conductor entra en un túnel la luz de las gafas puede tardar cierto tiempo, lo que reduciría la visión del conductor.
En definitiva, lo más adecuado es que el conductor opte por gafas de sol polarizadas o tintadas. Además, si el conductor utiliza gafas o lentillas, es necesario que las gafas de sol también estén graduadas de manera pertinente.