Cada vez es más común el uso de patinetes eléctricos como vehículo. Así, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado a los usuarios las infracciones que pueden conllevar multa al conducir de forma indebida un patinete eléctrico, que se integran dentro de los VMP (Vehículo de Movilidad Personal).
La DGT explica que «un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h».
Además, a los VMP no se le exige de autorización administrativa para conducir o para circular. Tampoco el seguro es obligatorio. Por ello, no se pueden retirar puntos al conductor cuando cometa una infracción al conducir un vehículo de este tipo, como es un patinete eléctrico.
Sanciones de la DGT en los patinetes eléctricos
A pesar de lo expuesto anteriormente, la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) establece una serie de comportamientos indebidos al conducir un patinete que son tratados como infracción y que pueden ser objetos de denuncia.
Así, estos son algunos de los comportamientos sancionables al conducir un patinete eléctrico de forma inadecuada, según la DGT:
- Uso del teléfono móvil: Está prohibido conducir un patinete eléctrico y hacer uso manual de un teléfono móvil. La sanción por esta infracción podría ser de hasta 200 euros.
- Uso de auriculares: Tampoco está permitido utilizando cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido, ya que evitan que el conductor escuche con nitidez el resto de sonidos. La denuncia también podría alcanzar los 200 euros.
- Elementos de protección: Es necesario utilizar casco y otros elementos de protección, aunque el uso de estos elementos se regula en muchos casos por la normativa municipal. Una infracción podría ser sancionada con 200 euros, según informan desde la DGT.
- Prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales: Esta acción se puede sancionar hasta con 200 euros de multa.
- Sin pasajero: Los patinetes eléctricos únicamente permiten el desplazamiento de una sola persona. El transporte de una segunda persona podría ser sancionable con 100 euros de multa.
Por otra parte, desde la DGT informan que «se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro».
Otras infracciones
Las ordenanzas municipales son las encargadas de regir las normas relativas a prohibiciones respecto a paradas y estacionamientos de patinetes eléctricos y otros vehículos VMP.
Por otra parte, los conductores de patinetes eléctricos también deben respetar las normas de circulación respecto al consuma de drogas y alcohol. Es decir, no pueden negarse a realizar las pertinentes pruebas de estas sustancias por parte de un agente de la autoridad.
Sobrepasar la tasa de alcohol puede conllevar una multa de entre 500 euros y 1.000 euros. Igualmente, sobrepasar la tasa de drogas también puede ocasionar una sanción económica al conductor de hasta 1.000 euros.
En este sentido, si el conductor da positivo en alcohol o drogas, el patinete eléctrico quedará inmovilizado, al igual que ocurre con el resto de vehículos ordinarios que deben respetar esta norma de circulación.
Finalmente, desde la DGT aclaran que si las infracciones se cometen por menores de 18 años, serán los padres, tutores o acogedores, quienes responderán a la infracción cometida por el menor.