Despido inminente desde el día 22 de agosto por un error de la Ley de Paridad

Las empresas podrán tener libertad para despedir de forma improcedente a los trabajadores que soliciten cambios en su jornada para conciliar

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La entrada en vigor, este jueves 22 de agosto, de la Ley de Paridad, aprobada por el Gobierno y publicada en el BOE el 1 de agosto, podría tener un efecto colateral no deseado: las empresas podrían tener libertad para despedir de forma improcedente a los trabajadores que soliciten cambios en su jornada para conciliar. Esto incluye a quienes pidan el nuevo permiso de 5 días para cuidar a familiares enfermos o que han tenido un accidente, así como a aquellos que requieran ajustes en su jornada laboral por motivos de conciliación en general.

Desde la aprobación del Real Decreto-ley 5/2023 hasta la fecha, estas solicitudes a las empresas funcionaban como una forma de protección para los empleados. Aquellos que solicitaban cambios en su jornada no podían ser despedidos, ya que tal despido se consideraría nulo ante los tribunales, lo que a menudo resultaba en la readmisión del trabajador y el pago de una indemnización por daños y perjuicios. Esta protección ha llevado a un incremento significativo en las solicitudes, no solo para mejorar la calidad de vida y facilitar la conciliación, sino también como una estrategia para garantizar la estabilidad en el puesto de trabajo.

La Ley de Paridad aprueba el despido improcedente por la petición de cambio de jornada

Un error en la redacción de la Ley de Paridad, la primera aprobada por el último Gobierno de Pedro Sánchez bajo la dirección de la nueva ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha hecho que este tipo de despido ya no sea considerado nulo, sino improcedente. Esto significa que el despido será legal, pero dará derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Padre con su hijo
Padre con su hijo

La ministra calificó la semana pasada de «error lamentable» la situación y señaló que el problema sería corregido en el Congreso en septiembre, cuando se reanude la actividad parlamentaria. Sin embargo, hasta entonces persiste la inseguridad jurídica, ya que tanto empresas como trabajadores desconocen las implicaciones de tomar decisiones en este ámbito.

«Este problema ha surgido en contra de la voluntad de todos los involucrados en la elaboración de la ley, desde el Ministerio hasta el último parlamentario. Estamos trabajando en una corrección y espero que se solucione pronto. Es un error técnico lamentable que no se había previsto en ningún momento y que, desde luego, no refleja la intención política«, declaró a los medios de comunicación.

Ahora bien, si un trabajador solicita un cambio en su jornada bajo la nueva normativa que entra en vigor mañana, ¿podría enfrentarse a un despido improcedente? Según la literalidad de la ley, la respuesta es sí.

Las medidas de la Ley de Paridad

La nueva norma que entra en vigor este jueves tiene como objetivo asegurar una representación equilibrada de mujeres y hombres tanto en el sector público como en el privado. La ley exigirá a las grandes empresas y a la Administración Pública que cuenten con al menos un 40% de mujeres en sus órganos de dirección, y permitirá que la representación femenina supere el 60% e incluso alcance el 100%.

A partir de mañana y hasta el 30 de junio de 2025, todas las compañías cotizadas en el Ibex 35 deberán cumplir con la nueva normativa. Las empresas no cotizadas con un número medio de empleados de 250 y una facturación superior a 50 millones de euros, o activos superiores a 43 millones de euros, deberán aplicar la norma a partir del 30 de junio de 2027. Los sindicatos y asociaciones empresariales tendrán plazo hasta 2028 para adaptarse. Por su parte, los Colegios Profesionales deberán asegurar que el porcentaje del sexo menos representado alcance el 40% en sus Juntas de Gobierno o Consejos de Gobierno para el 30 de junio de 2029.

Los Consejos de Administración y la alta dirección de las entidades de interés público deberán alcanzar una representación del 33% del sexo menos representado en estos órganos para el 30 de junio de 2026, y del 40% para el 30 de junio de 2029.

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