Las personas que cobran una pensión de incapacidad permanente total pueden percibir una cuantía superior en caso de cumplir ciertos requisitos exigidos por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Así, el reconocimiento de una incapacidad permanente total determina que el trabajador se encuentra inhabilitado para su profesión habitual. Sin embargo, la incapacidad total puede ser compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la pensión.
Precisamente, por esta amplia compatibilidad laboral, la incapacidad permanente total conlleva la percepción de una pensión equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Si bien, en caso de cumplir ciertos requisitos, se puede cobrar un 20% más en la pensión de incapacidad total.
Incapacidad permanente total cualificada
Tal y como hemos comentado inicialmente, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora. Si bien, puede darse una situación que permite cobrar al 75% de la base reguladora.
Cuando una persona con derecho a una incapacidad total percibe un 75% de la base reguladora, se conoce como situación de incapacidad permanente total cualificada.
Si el ciudadano se encuentra en paro y tiene 55 años o más (sin alcanzar la edad de jubilación) puede cobrar un 20% más en la pensión de incapacidad permanente total. Es decir, un porcentaje del 75% de la base reguladora.
Eso sí, la incapacidad permanente total cualificada no es compatible con el trabajo. En caso de que el ciudadano inicie una nueva actividad laboral, volverá a percibir el 55% de la base reguladora en su correspondiente pensión de incapacidad permanente.
Por tanto, los requisitos básicos para percibir un 20% más en la cuantía de la pensión de incapacidad total son estar en situación de desempleo y haber cumplido, al menos, 55 años de edad.
Aumento de 635 euros al mes
Las pensiones contributivas del sistema español se han revalorizado un 3,8% en el año 2024. Así, las cuantías de las pensiones de incapacidad total también se han revalorizado un 3,8%. Por su parte, las pensiones mínimas han subido un 6,8%.
Además, la pensión máxima del sistema español también se ha revalorizado un 3,8% en 2024. De esta forma, la pensión máxima en 2024 se sitúa en 3.175,5 euros al mes y 44.457 euros al año (en 14 pagas anuales).
Teniendo en cuenta esta medida, la máxima pensión que se puede cobrar por una incapacidad permanente total en 2024 es de 1.746,52 euros, que se corresponde con el 55% de 3.175,5 euros al mes.
En caso de que la persona beneficiaria perciba un 75% de la base reguladora, la pensión máxima que se puede percibir por una incapacidad total es de 2.381,62 euros al mes. Es decir, supone un aumento de 635,37 euros más al mes en comparación con la percepción de una pensión únicamente del 55% de la base reguladora.
Hay que tener en cuenta que estas cuantías de pensión se pueden compatibilizar con la percepción de ingresos procedentes de rentas del trabajo; siempre que la actividad laboral no entre en conflicto con la pensión reconocida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Como conclusión, es apropiado recordar que las personas a las que se le reconoce una pensión de incapacidad permanente total tienen consideración de personas con discapacidad igual o superior al 33% en el ámbito laboral. Es decir, pueden acceder a las ofertas de empleo destinadas a personas con discapacidad, lo que constituye un elemento a tener en cuenta respecto a la compatibilidad con el trabajo.