El IRPF son las siglas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, un tributo que grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona. En principio, deben pagarlo todos los ciudadanos residentes en España, pues se trata de una obligación fiscal establecida en el artículo 31 de la Constitución del país, cuyo fin es que todos los ciudadanos del país contribuyamos a sostener los gastos públicos. Dicho artículo establece que:
- Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
- El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
- Solo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.
Cabe señalar, que los impuestos no son más que aportaciones económicas a las instituciones con el fin de obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. No obstante, la aportación debe ser acorde a la capacidad económica de cada persona, que se determina en base a un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
Deducción de IRPF por descendiente con discapacidad a cargo
Una de las deducciones del IRPF es la correspondiente por descendiente con discapacidad a cargo. Según establecen desde la Agencia Tributaria, se trata de una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero. ¿Cómo puedes hacerla efectiva?
- Presentando la declaración de IRPF. Si tu cuota es positiva, resta de ésta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia, y si tu cuota diferencial es cero o negativa, solicita la devolución que resulta de tu declaración.
- O bien solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no te olvides de declararlo.
El importe máximo de esta deducción es de 1.200 euros anuales por cada descendiente con discapacidad (100 euros al mes). No obstante, puede haber más de una persona con derecho a la deducción por el mismo descendiente con discapacidad. En este caso, el importe se prorrateará entre todas, por partes iguales, salvo que cedáis el derecho a una de ellas que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.
Deducción por ascendiente con discapacidad a cargo
Otra de las deducciones de IRPF contempladas por Hacienda, es la destinada a personas con ascendientes con discapacidad a cargo. Igualmente, se trata de una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2015. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero. Se puede hacer efectiva bajo los mismos requisitos establecidos para las personas con descendiente con discapacidad a cargo.
De igual modo, el importe máximo de esta deducción es de 1.200 euros anuales por cada ascendiente con discapacidad (100 euros al mes). Además, también puede haber más de una persona con derecho a la deducción por el mismo ascendiente con discapacidad. En este caso, el importe se prorrateará entre todas, por partes iguales, salvo que cedáis el derecho a una de ellas que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.
Deducción por cónyuge con discapacidad a cargo
Se trata de una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración de 2018. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero. Se hace efectiva, de igual modo que las anteriores. Los requisitos establecidos por Hacienda para poder aplicar esta deducción son:
- tu cónyuge tenga reconocida una discapacidad del 33% o superior
- no estés separado legalmente de tu cónyuge
- tu cónyuge no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 €
- tu cónyuge no genere el derecho a las deducciones por descendientes y ascendientes con discapacidad
- y, además de todo lo anterior, tú cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibas pensiones abonadas por el Régimen General y los especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas.
- Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas de las mutualidades de previsión alternativas prestaciones análogas a las anteriores.