Desde este miércoles 3 de abril de 2024, y hasta el 1 de julio de 2024, los ciudadanos en España podrán presentar la Declaración de la Renta a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, correspondiente a la Campaña de la Renta 2023-2024. Así, siempre que se inicia la Campaña de la Renta aparecen numerosas dudas entre los contribuyentes.
A partir del 7 de mayo, los contribuyentes podrán presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica, mientras que desde el 3 de junio se podrá completar este trámite de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. En ambos casos, es preciso obtener cita previa con antelación.
Novedades de la Declaración de la Renta en 2024
De cara a la Campaña de la Renta 2023-2024, uno de los aspectos que más preocupa a los ciudadanos es quién tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Además, también resulta clave tener en cuenta las novedades fiscales que se aplican para esta campaña por parte de Hacienda.
Las personas que tengan un único pagador e ingresos inferiores a 22.000 euros al año, no tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta en 2024. Cualquier persona con rendimientos por trabajo inferiores a 15.000 euros tampoco está obligada a presentar la Declaración de la Renta, siendo ésta una de las novedades más importantes de la Campaña 2023-2024.
Hay que tener en cuenta que las pensiones contributivas se entienden como rendimientos por trabajo. Es decir, los pensionistas deben considerar su nivel de rentas para saber si tienen la obligación o no de presentar la Declaración de la Renta, aunque algunas pensiones están exentas; como las pensiones de incapacidad permanente absoluta o la Gran Invalidez.
En caso de duda sobre si tienes obligación o no de presentar la Declaración de la Renta, lo más recomendable es realizar el borrador de la renta a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Junto con el resultado final, antes de enviar el documento, Hacienda informará al usuario si está obligado o no a presentarla.
Claves de la Declaración de la Renta
Existen ciertas consideraciones que se deben conocer de cara a la Campaña de la Renta 2023-2024. Por ejemplo, una de las novedades más importantes consiste en que todos los trabajadores autónomos deben presentar la Declaración de la Renta en 2024, independientemente de sus ingresos.
Igualmente, todas las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar la Declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2023.
En otro orden de cosas, es importante recordar que hasta el año 2022 las madres trabajadoras únicamente se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros al año por cada hijo menor de tres años. Ahora, es posible beneficiarse de esta deducción incluso si la madre no se encontraba trabajando en el momento del nacimiento
Desde Hacienda señalan que esta ampliación aplicada entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas también llega a los 1.000 euros adicionales de deducción por gastos de custodia de hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.
Los contribuyentes, en la próxima Declaración de la Renta tienen la posibilidad de deducir un 15% por la compra de un vehículo eléctrico, limitado a una base máxima de 20.000 euros. Además, entre otras cosas, los ciudadanos también podrán deducirse las aportaciones a los planes de pensiones durante el ejercicio fiscal del año 2023.