La reforma del subsidio por desempleo introduce medidas que permitirán a nuevos beneficiarios acceder al subsidio por desempleo. Además, se ha aprobado un aumento del importe a recibir por esta prestación, gestionada desde el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
En concreto, la reforma del subsidio por desempleo se ha recogido en el Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo. Esta reforma incluye medidas para mejorar el nivel asistencial de la protección por desempleo de los ciudadanos que se encuentran en paro.
Nuevos beneficiarios del subsidio por desempleo
Con la aprobación de la reforma diferentes colectivos que antes no tenían derecho a cobrar el subsidio, podrán acceder a su percepción. Para ello, será preciso que los ciudadanos cumplan una serie de requisitos básicos.
A partir de ahora, también podrán cobrar el subsidio por desempleo las personas menores de 45 años que no tengan cargas familiares; así como los trabajadores eventuales agrarios.
La reforma impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social también incorpora un subsidio especial para las mujeres víctimas de violencia de género, a partir de los 16 años de edad. Este subsidio para personas víctimas de violencia de género contará con las mismas cuantías que el subsidio por desempleo ordinario.
Además, los profesionales de BBVA señalan que «los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos».
Por tanto, nuevos colectivos tendrán derecho a cobrar el subsidio por desempleo tras la aprobación de la reforma que ha desarrollado el Gobierno de España junto con los agentes sociales.
Nuevas cuantías del subsidio por desempleo
Hasta el momento, el importe del subsidio por desempleo era equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) vigente. Es decir, con el IPREM actual, se trata de una cuantía de 480 euros al mes.
Ahora, con la nueva reforma del Gobierno de España, se producen cambios importantes respecto a las cuantías a percibir por el subsidio por desempleo del SEPE:
- Un 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de duración.
- Un 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses siguientes de la prestación.
- Un 80% del IPREM (480 euros al mes) para el resto de duración del subsidio.
Además, también se han incorporado otra serie de medidas de gran importancia en relación al cobro del subsidio por desempleo. Por ejemplo, la eliminación del mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo para poder solicitar el subsidio por desempleo. A partir de ahora, se podrá cobrar desde el primer día.
Desde BBVA aclaran que «serán compatibles la percepción del subsidio de desempleo y de la prestación contributiva de desempleo con el acceso a un empleo». Esta es una de las medidas más relevantes que se recogen en el subsidio por desempleo.
Finalmente, el Gobierno de España ha mantenido el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) en la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años. Se trata de uno de los aspectos claves de la reforma.
También es preciso destacar que los trabajadores a tiempo parcial podrán cobrar el subsidio por desempleo de forma íntegra. Es decir, se eliminan las deducciones por trabajo a tiempo parcial. Supone un gran beneficio para este colectivo de trabajadores.