Las personas perceptoras de una pensión de incapacidad permanente total reciben una cuantía mensual en relación al grado de incapacidad reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, pueden solicitar un aumento del importe a cobrar en caso de cobrar un requisito específico.
Una incapacidad permanente total es uno de los grados de incapacidad permanente que puede reconocer el INSS a un trabajador en España. Se trata de uno de los grados de incapacidad que permite una mayor compatibilidad laboral.
Cuantía de la incapacidad permanente total
La incapacidad permanente total es un grado de incapacidad permanente que inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual o similares. Sin embargo, es compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la incapacidad laboral del trabajador.
Debido a esta amplia posibilidad de compatibilidad laboral, la cuantía de la incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Es decir, no es un importe demasiado elevado, debido a que el trabajador puede compatibilizar la pensión con otros ingresos laborales.
Por otra parte, el reconocimiento de una incapacidad permanente total conlleva adquirir una consideración de persona con discapacidad igual o superior al 33% para el ámbito laboral. De este modo, las personas con una incapacidad permanente total pueden acceder a las ofertas de empleo destinadas a personas con discapacidad.
Además, es preciso destacar la nueva reforma aprobada por el Gobierno de España, que elimina el despido automático del trabajador tras el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Se trata de un importante beneficio para los trabajadores que se encuentran en esta situación.
Con esta nueva medida, los trabajadores a los que se le reconozca una incapacidad permanente total podrán permanecer en su puesto de trabajo habitual, siempre que la empresa pueda realizar una adaptación adecuada de dicho puesto de empleo en relación a la nueva situación del trabajador. Igualmente, también se podrá reubicar al trabajador en otro puesto de trabajo dentro de la propia empresa.
Solicitud de aumento de la incapacidad permanente total
Tal y como hemos informado inicialmente, el importe habitual de una pensión de incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, la cuantía de esta pensión puede aumentar en un 20% en determinadas circunstancias.
Si el ciudadano se encuentra en situación de desempleo y tiene 55 años o más, podrá solicitar al INSS un aumento del 20% sobre la cuantía de su pensión de incapacidad permanente total. En este caso, el importe llegará a ser del 75% de la base reguladora. Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada.
La Seguridad Social contempla una protección mayor en la incapacidad permanente total cuando la persona beneficiaria tiene 55 años o más (sin haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria) y se encuentra en situación de desempleo.
Generalmente, las personas mayores de 55 años suelen encontrar más dificultades para reincorporarse al mundo laboral. Una dificultad que puede ser aún mayor en el caso de personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente total.
Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social no concede este aumento de forma automática a los beneficiarios de incapacidad permanente total que cumplen con estos requisitos. Por tanto, el ciudadano tendrá que solicitarlo por los canales habilitados por el INSS.