El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) trabaja en ofrecer diversas ayudas a personas que realmente lo necesitan, siempre que cumplan una serie de requisitos establecidos por el propio organismo. Así, una de las pensiones más solicitadas es la prestación contributiva por desempleo, popularmente conocida como paro, que es aquella cuantía a la que aspiran los colectivos que han sido cesados de su puesto de trabajo voluntariamente o han finalizado contrato, con el objetivo de seguir recibiendo un ingreso mensual y poder afrontar los gastos necesarios de la vida.
No obstante, de acuerdo con el SEPE, esta prestación requiere de unos requisitos básicos para ser concedida. Uno de los más destacados el hecho de haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, un requisito que no todas las personas demandantes cumplen. Entonces, atendiendo a esta realidad, el SEPE ha otorgado una ayuda que protege a todos aquellos ciudadanos que no han logrado cotizar un año completo, permitiéndoles compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo parcial.
¿Cuántos meses de paro me corresponden?
De acuerdo a lo establecido por la Seguridad Social, la duración de esta prestación por desempleo se calcula «en función del periodo de ocupación cotizada en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a una escala que incluye desde 360 días de cotización hasta 2.160 días o más de cotización”.
En esta línea, se deduce que la prestación del SEPE por paro se determina en función del tiempo cotizado por el trabajador en los últimos seis años previos a quedarse en situación de desempleo. Para ello, se cuenta el número de días que el trabajador estuvo dado de alta en la Seguridad Social y contribuyendo al seguro de desempleo durante ese período.
Por tanto, atendiendo a las exigencias de la Seguridad Social para cobrar la pensión contributiva por desempleo, y teniendo en cuenta los periodos de cotización y de prestación, duración del paro quedará de la siguiente manera:
Duración de la prestación por desempeño | |
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Periodo de cotización (en días) | Periodo de prestación (en días) |
Desde 360 hasta 539 | 120 |
Desde 540 hasta 719 | 180 |
Desde 720 hasta 899 | 240 |
Desde 900 hasta 1079 | 300 |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 |
Desde 2.160 hasta | 720 |
Solicitud de la prestación por desempleo
De nuevo, siguiendo las recomendaciones del SEPE, la solicitud debe presentarse en un plazo de quince días hábiles a partir del último día trabajado. Si la empresa ha abonado días de vacaciones no disfrutados, el plazo se extiende a quince días hábiles después del periodo correspondiente a esas vacaciones. Para presentar la solicitud, el SEPE ofrece varias opciones:
- Sede Electrónica del SEPE: Permite realizar el trámite en línea de manera rápida y directa.
- Oficinas de Prestaciones: Es necesario pedir cita previa a través de la página web del SEPE o por teléfono.
- Oficinas de Registro Público: Para quienes prefieren presentar la solicitud de forma presencial.
- Correo Administrativo: También es posible enviar la documentación requerida por correo postal.