La prestación por desempleo es una ayuda económica que se le concede a una persona para que pueda subsistir mientras accede a un empleo. Y es que el motivo de no trabajar, es absolutamente involuntario. De hecho, las causas suelen ser: no encontrar un puesto de trabajo o haber sido despedido de su última actividad.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es el organismo encargado de la gestión y control de las prestaciones por desempleo. Sin embargo, para las personas incluidas en el el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, es el Instituto Social de la Marina quien se encarga.
Para acceder a esta prestación contributiva, deben cumplirse una serie de requisitos. El primero y fundamental, es haber cotizado un tiempo mínimo determinado a la Seguridad Social. En base a la suma de este periodo, se establece la cuantía total y sobre todo, la duración durante la cual, el beneficiario va a recibir esta ayuda.
Por tanto, una de las dudas más repetidas sobre la prestación por desempleo es acerca de la cuantía que se va a recibir y el tiempo en el que vas a disponer de esa ayuda. Pero tenemos la respuesta. A continuación, te mostramos una tabla perfectamente explicativa. En ella podrás comprobar los días de ayuda que te corresponden en base a los días cotizados.
Tabla para recibir el desempleo según los días cotizados
¿Cómo se calcula la cuantía de la prestación por desempleo? Teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a la Seguridad Social durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Este momento puede situarse también cuando terminó la obligación de cotizar o desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior.

En base a estos criterios, a continuación puedes consultar los días de prestación por desempleo que te corresponden teniendo en cuenta el criterio anterior. Como puedes ver, conforme aumentan los días cotizados a la Seguridad Social, se incrementan igualmente los días que le corresponden a una persona de dicha ayuda.
Días de cotización | Días de prestación |
---|---|
de 360 a 539 | 120 |
de 540 a 719 | 180 |
de 720 a 899 | 240 |
de 900 a 1079 | 300 |
de 1080 a 1259 | 360 |
de 1260 a 1439 | 420 |
de 1440 a 1619 | 480 |
de 1620 a 1799 | 540 |
de 1800 a 1979 | 600 |
de 1980 a 2159 | 660 |
desde 2160 | 720 |
Cuándo y cómo tramitar esta prestación
La solicitud para acceder al desempleo debe presentarse en un plazo de quince días hábiles desde el último día trabajado. De igual modo sucede encaso de retorno del extranjero o la excarcelación. En el caso de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe solicitarse en los 15 días hábiles siguientes a la finalización de las vacaciones.
Si presenta la solicitud de prestación contributiva fuera de plazo, tendrá derecho a que se apruebe a partir de la fecha de la solicitud. En este caso, perderás tantos días de prestación como hayan pasado entre la fecha en que se le hubiera aprobado dicha prestación (de haberla solicitado dentro del plazo) y la fecha en que la ha presentado.
Para presentar la solicitud por desempleo existen varias opciones. La más rápida, a través de la sede electrónica del SEPE. También puede realizarse por correo o si prefieres de forma presencial, pidiendo cita previa en la oficina de prestaciones o en cualquier oficina de registro público.